Saturday, 20 de April de 2024

Ordena CAIP informar sobre manejo de agua en Tehuacán

Viernes, 27 Febrero 2015 02:30
El OOSAPAT deberá detallar los recursos que destina a energía eléctrica y la cantidad de desechos que recolectan por desazolve. Dichos datos habían sido negados con el argumento de ser reservados, sin embargo la Comisión de Acceso a la Información Pública determinó que el organismono sustentó de manera adecuada su negativa para proporcionar la información
  • Alberto Melchor Montero @_BetoMM



El Organismo Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tehuacán (OOSAPAT) deberá acatar la resolución que emitieron los delegados de la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP) y deberá informar sobre los recursos que la dependencia invierte en costos de energía eléctrica y la cantidad de desechos que se recolectan por desazolve, datos que había negado bajo el argumento de ser reservados.



Durante sesión ordinaria de la CAIP se analizó el recurso de inconformidad emitido tras la negativa por parte de OOSAPAT a informar la ubicación de cada pozo que surte agua a Tehuacán, cuántas bombas tiene cada uno, cuántos caballos de fuerza tiene cada bomba, cuánto gasta de energía eléctrica y el costo de la energía de cada una.



Además, el expediente 241/OOSAPAT-TEHUACÁN-02/2014 incluye la petición de los datos sobre cuántos camiones de desazolve tiene el organismo, la cantidad de material de desechos sustraídos que se recogen semanalmente, cuál es el destino de esos desechos y cuál es el precio por depositar los desechos, ya sea por tonelada o por metro cúbico.



Ante ello, el comisionado presidente de la CAIP, Javier Fregoso Sánchez, expuso que el organismo operador de agua en Tehuacán no sustentó de manera adecuada su negativa para proporcionar la información al recurrente pues omitió explicar por qué considera que al revelar la información solicitada, la dependencia puede sufrir perjuicio en el patrimonio.



“El sujeto obligado —OOSAPAT— olvidó señalar los puntos esenciales por los cuales considera que la divulgación de la información puede causar perjuicio o daño irreparable a las funciones públicas de ese organismo que comprometa la estabilidad, la gobernabilidad, la seguridad y ponga en peligro la propiedad y posesión del patrimonio y la seguridad de las instalaciones del personal”.



Por tal motivo, la negativa fue genérica y no es un argumento sólido que impida que el organismo transparente y exponga a cabalidad los datos que se le solicitan pues la información tampoco es de "acceso restringido bajo la figura de información reservada”, por lo que se hizo el llamado a que la dependencia a cargo de Valentín Cubillas Romero, entregue los datos al recurrente a efecto de cumplir con la Ley de Acceso a la Información.

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Modificado por última vez en Viernes, 27 Febrero 2015 02:20