Saturday, 20 de April de 2024

Martes, 30 Junio 2015 02:30

Reta RMV a opositores de reforma al artículo 104 a acudir a la SCJN

El gobernador detalla que el caso de SLP se está utilizando como precedente para reformar el artículo 104 constitucional del estado de Puebla, luego de que el bloque opositor Puebla Libre considerara que la iniciativa viola la constitución,Moreno Valle señala que si así lo creen que presenten su acción de inconstitucionalidad, sin embargo la SCJN ya avaló el tema en San Luis Potosí

  • Víctor Hugo Juárez @Juárez_VH

El gobernador Rafael Moreno Valle lanzó una invitación para presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a todos aquellos descontentos y opositores a la reforma del artículo 104 de la Constitución del Estado de Puebla, que busca abrir la puerta para que el gobierno del estado brinde los servicios públicos municipales con apoyo de particulares, además de que expuso como ejemplo el caso de San Luis Potosí donde ya se aprobó una iniciativa similar.

 

Esto en respuesta al bloque opositor Puebla Libre, que consideró que la iniciativa propuesta por los diputados panistas, Jorge Aguilar Chedraui y Salvador Escobedo, viola el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que protege la autonomía de los municipios del país.

 

“Pues si creen que es anticonstitucional que presenten su acción de inconstitucionalidad. Yo creo que no han estado leyendo las tesis de la Corte, hay un caso concreto en San Luis Potosí donde ya se dijo que es constitucional”, declaró el mandatario estatal.

 

Moreno Valle explicó que el caso de San Luis Potosí es el que se está utilizando como precedente para aprobar esta iniciativa que dice: “el Congreso del Estado, mediante decreto, autorizará que el Gobierno del Estado, a solicitud de los ayuntamientos de los municipios que integran una zona conurbada o metropolitana, asuma directamente la prestación de los servicios públicos municipales, o bien se presten o ejerzan, coordinadamente y de forma integral entre el Gobierno del Estado y los municipios a través de organismos públicos creados a efecto, previéndose la participación de los sectores social y privado, en términos de la legislación aplicable”.

 

No obstante, el artículo 114 de la Constitución Política de San Luis Potosí en su inciso “D” no contempla la participación de organizaciones privadas, aunque reconoce la posibilidad de que intervenga el estado para prestar servicios públicos municipales, siempre y cuando exista la aprobación de las dos terceras partes que conforman el ayuntamiento solicitante.

 

“El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal, cuando al no existir el convenio correspondiente, la legislatura estatal, previa solicitud que le sea presentada por el ayuntamiento respectivo aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, considere que el municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos”, señala la ley vigente en San Luis Potosí.

 

La propuesta de ley desató la polémica entre los mismos bloques que se han pronunciado en contra de la privatización del agua potable, pues a través de diferentes voces han señalado que se busca replicar este modelo con otros servicios que de acuerdo a la Carta Magna son responsabilidad de los municipios.

Last modified on Martes, 30 Junio 2015 02:22