Thursday, 28 de March de 2024

Lunes, 01 Agosto 2016 02:15

Mujeres en violencia familiar podrán solicitar orden de protección

Las mujeres poblanas víctimas de violencia familiar podrán solicitar medidas de protección y resguardo a la autoridad, con duración de 72 horas o más en caso de continuar en riesgo. Los agresores serán sujetos a pena de prisión de dos a ocho años, perderán la patria potestad de sus hijos y el delito se perseguirá de oficio de acuerdo con las iniciativas de reforma enviadas al Congreso para evitar que en Puebla se emita una Alerta de Género.

  • Luis García / @luis_ggarnica


Las mujeres poblanas que sufran violencia familiar podrán solicitar medidas de protección y resguardo a las autoridades poblanas, que durarán 72 horas o más en caso de continuar en riesgo. Además, los agresores serán sujetos a pena de prisión de dos a ocho años, y perderán la patria potestad de sus hijos.


Estas iniciativas de reforma forman parte del paquete de modificaciones a los Códigos Civil, Pena, de Procedimientos Penales, y a la Ley Centro Estatal de Mediación para evitar que en Puebla se emita una Alerta de Género.


De acuerdo con el paquete de iniciativas entregado por el secretario general de Gobierno, Diódoro Carrasco, a la Junta de Gobierno del Congreso del Estado apoyadas en la Fiscalía Especializada para Mujeres, las víctimas podrán solicitar órdenes de protección de emergencia o preventivas, las cuales deberán ser expedidas de manera inmediata, con no más de 72 horas y serán dictadas de manera sucesiva conservando vigencia mientras continúen las condiciones de riesgo para las víctimas; además que la autoridad podrá emitir las acciones de protección de manera precautoria o cautelar.


El artículo 915 ahora exigirá que el acta de defunción de una mujer incluya si fue violentada.


Mientras que el artículo 463 del Código Civil especifica que ahora no será necesario ser mayor de edad para solicitar un trámite de divorcio y elimina la condición de llevar al menos un año de casados. Por su parte, el artículo 497 será reformado para que en caso de divorcio los gastos por embarazo y parto sean subsanados por el hombre.


Asimismo, a partir de las reformas al Código Penal del Estado de Puebla, el artículo 51 dicta que la reparación del daño a la víctima debe ser integral y comprende las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. En caso de ser varias las víctimas y no resulte posible satisfacer los derechos de todas, se deberán cubrir proporcionalmente los daños.


Este paquete de iniciativas de reforma a las leyes y a los códigos del Estado pretende cumplir las 11 recomendaciones que emitió el Consejo Nacional para Prevenir y Erradicar la violencia contra las Mujeres (Conavim) el pasado 28 de junio, mismo que será discutido en un periodo extraordinario de sesiones.


Luego de el Conavim fijara un plazo no mayor a seis meses para su cumplimiento, Diódoro Carrasco señaló en entrevista que aún quedan cinco meses para atender las recomendaciones.