Miercoles, 24 de Abril del 2024

Exentarán verificación vehículos nuevos, híbridos y eléctricos

Exentarán verificación vehículos nuevos, híbridos y eléctricos
Martes, 20 Junio 2017 14:26
Staff

La Semarnat emitirá el decreto en los próximos días; verificentros solicitarán plazo para adecuar los establecimientos al nuevo reglamento



Los automóviles nuevos quedarán exentos de la verificación vehicular por un periodo de hasta cuatro años, mientras que los vehículos híbridos y eléctricos, así como las motocicletas, no tendrán que someterse a esa revisión, según el proyecto que el gobierno federal analiza para implementar nuevas disposiciones en la materia.


La Secretaría de Medioambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que en los próximos días emitirá el decreto final, mediante el que se dará a conocer la norma definitiva de emisiones contaminantes vehiculares, la cual sustituirá el reglamento que en julio de 2016 se publicó de manera emergente ante los altos niveles de contaminación que registró  la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).


Miguel Espina Reyes, representante de los centros de verificación vehicular en Puebla, dijo que hasta el momento no han sido informados de las nuevas disposiciones. Subrayó que solicitarán un plazo razonable para adecuar los establecimientos al reglamento para evitar sanciones como ocurrió el año pasado. Sin embargo, en el documento se establece una prórroga de hasta 18 meses.


De acuerdo con el proyecto que elaboró la dependencia federal, identificado con el folio PROY-NOM-167-SEMARNAT-2016, el reglamento aplicará en las entidades que integran la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), las cuales son Puebla, Tlaxcala, Hidalgo, Morelos, el Estado de México y la capital del país.


Vehículos nuevos quedarán exentos hasta por 4 años


Entre las principales características de las nuevas disposiciones, destaca que los vehículos ligeros nuevos para uso particular, que utilicen gas natural o gasolina como combustible, estarán exentos de la verificación por un periodo de dos años. Al concluir ese lapso deberán someterse a una revisión y en caso de aprobarla, la exención se prorrogará por otros dos años.


Las motocicletas, los vehículos con peso menor o igual a 400 kilogramos, así como los automóviles híbridos y eléctricos, quedan exentos de la norma, según se indica en el documento.


Los métodos de revisión


Los vehículos modelo 2006 o anteriores deberán someterse a la prueba dinámica (mediante los rodillos tradicionales en los que se coloca al automóvil), mientras que los automóviles de años posteriores serán revisados a través del Sistema de Diagnóstico a Bordo (SDB) que se refiere a la prueba mediante un software especial que mide 11 diferentes indicadores.


Lo anterior no aplica para unidades que pesen más de 3 mil 875 kilogramos y que utilicen cualquier tipo de combustible.


El equipo de los verificentros


Para la realización de las revisiones, la nueva norma agrupó cinco diferentes monitores en dos grupos con los que los verificentros deben cumplir, además, deberán tener un centro de impresión, cámaras de video que graben todas las operaciones, y una red de internet segura para comunicar los resultados de las verificaciones a la CAMe.


Los establecimientos cuentan con un periodo de hasta 18 meses para cumplir con esas disposiciones.


Sobre el tema, Miguel Espina, quien es representante de los verificentros en Puebla, señaló que aún no han sido convocados para presentarles el proyecto, sin embargo, dijo que espera que les otorguen una prórroga para cumplir con los nuevos lineamientos y que no se susciten clausuras como ocurrió el año pasado, cuando los 17 establecimientos en la entidad fueron objeto de sanción por no contar con el equipo adecuado.


Los monitores con los que deben contar son los siguientes:


Para el caso de la revisión SDB, los verificentros deberán contar con los siguientes monitores:


1.         Sistema de Detección de Condiciones Inadecuadas de Ignición en Cilindros;


2.         Sistema de Eficiencia del Convertidor Catalítico;


3.         Sistema de Combustible;


4.         Sistema de Sensores de Oxígeno; y


5.         Sistema de Componentes Integrales.


Mientras que para Para vehículos automotores con Sistema de Diagnóstico a Bordo del tipo EOBD EURO 3 y 4, o EOBD similares, los monitores deberán ser:


1.         Sistema de Detección de Condiciones Inadecuadas de Ignición en Cilindros;


2.         Sistema de Eficiencia del Convertidor Catalítico;


3.         Sistema de Sensores de Oxígeno;


4.         Sistema de Componentes Integrales; y


5.         Sistema de Combustible, para aquellos vehículos que lo tengan incorporado.


Fuente: e-consulta