Sábado, 20 de Abril del 2024
Miércoles, 23 Mayo 2018 02:39

El neoliberalismo ante los derechos humanos

El neoliberalismo ante los derechos humanos Escrito Por :   Silvino Vergara

“Los Estados neoliberales se han convertido en Estados gerenciales que ya no controlan solamente el comportamiento individual a través de la disciplina, sino que regulan y administran el crecimiento y la mortandad de la población”. Ariadna Estévez


 

Paradójicamente contamos hoy con la expresión constitucional y en los tratados internacionales de los derechos humanos, pero eso no es todo; también está la obligación del Estado de respetar y garantizar esos derechos humanos, principalmente, reconociéndolos y no otorgándolos, como sucedió en algún momento de la historia del mundo occidental.

 

Pero, así como se han presentado estos cambios en los Estados y en sus sistemas jurídicos, resulta que en los últimos tiempos ha ocurrido que los derechos humanos se han violado por el propio Estado; los mayores crímenes, a decir de los tratadistas de la materia, han sido causados por los propios órganos del Estado, teniendo como herramienta a sus sistemas jurídicos. A decir del profesor Boaventura de Sousa Santos: “El derecho sirve cada vez más incondicionalmente a los intereses de las clases dominantes y a las fuerzas conservadoras, tanto a nivel nacional como a nivel político y cultural” (Santos, Boaventura de Sousa. ‘Las bifurcaciones del orden. Revolución, ciudad, campo e indignación’. Madrid: Trotta / Bogotá: Siglo del hombre editores / ILSA, 2018).

 

¿Qué ha sucedido con los derechos humanos? Pareciera que se trata de simples manifestaciones emblemáticas, simbólicas, pero poco efectivas. Prueba de ello es que hoy uno de los tratadistas de mayor realce mundial en el ámbito jurídico ha sostenido que “Los principios son normas que ordenan que se realice algo en la mayor medida posible, en relación con las posibilidades jurídicas y fácticas” (Alexy, Robert. ‘La doble naturaleza del derecho’. Madrid: Trotta, 2016). Esto quiere decir que los derechos humanos son buenos propósitos que se cumplen y se hacen efectivos si jurídica y materialmente se pueden llevar acabo; de lo contrario, quedan entonces para una mejor ocasión.

 

El artículo 4° de la Constitución es un ejemplo de buenos propósitos constitucionales, a saber: derecho al agua, a la alimentación sana y suficiente, a la habitación, incluso a la cultura y al deporte, es decir, todo un catálogo de buenos propósitos que se cumplirán en la mayor medida de lo posible y que, de no cumplirse, pues simplemente quedarán en el mundo del intento. Y no se cumplen, porque jurídicamente no existen los medios para ello o, bien, porque materialmente —por razones económicas— no se pueden instalar los hospitales y clínicas necesarios para cumplir con el derecho a la salud, por dar un ejemplo.

 

La oposición para el cumplimiento de los derechos humanos, claramente, no es actual, y en primer término está el Estado, pues hoy éste —como lo cita el epígrafe— se ha vuelto una gerencia del poder económico mundial. Y, entonces, es ese poder económico mundial el que se ha encargado de establecer las directrices de los Estados y, con ello, qué derechos de la ciudadanía se pueden cumplir y cuáles no se pueden política y materialmente cumplir.

 

Hoy tenemos muy claros ejemplos en toda América latina, como sucede con el caso denominado “Estado de cosas inconstitucional” de Colombia, que tuvo la necesidad de emitir sentencia decretando esta situación tan patética en algunas regiones de aquel país por la existencia de los desplazados de manera forzosa o, bien, de los casos emblemáticos que ha tenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación aquí en México, que desafortunadamente se han quedado en esos simples buenos propósitos, pero que no han avanzado más allá de ellos, en tanto no sea el sistema mundial de la globalización económica la que dicte lo que deba suceder con determinados derechos.

 

Desde luego que este fenómeno lo observamos desde ese sistema global neoliberal que ha permitido maniatar al Estado para que éste permita y legitime que las expropiaciones sean de las instituciones bancarias y no del Estado; que las concesiones, por un lado, sean un derecho para explotar tierras y minas y, del lado de los campesinos y grupos indígenas, una obligación el desplazamiento de sus tierras; que las empresas transnacionales gocen de atribuciones para monopolizar el mercado y, en el caso del empresariado nacional, éste deba hacerse a un lado; que los derechos son para las mercancías que se exportan y no para los trabajadores. Y esos son algunos de los derechos humanos que el neoliberalismo promueve: unos que nunca son cumplidos en la medida de lo posible y otros (empresariales) que, por el contrario, son efectivamente cumplidos.

 

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