Rechaza la Corte alentar impunidad
Subrayan carácter ilegal de grabación de Gobernador
Víctor Fuentes / Agencia Reforma
La Suprema Corte de Justicia afirmó ayer que su decisión en el caso del Gobernador de Puebla, Mario Marín, no favorece la impunidad de quienes hubieran cometido delitos, pues otras autoridades pueden seguir investigando y son las facultadas para aplicar sanciones.
En una inusual declaración pública, posterior a la resolución del jueves pasado en la que por 6 votos contra 4 resolvió que no se probó la violación grave de garantías de la escritora Lydia Cacho a manos de autoridades poblanas, la ministra Margarita Luna Ramos fijó la postura del máximo tribunal, acompañada por Sergio Valls.
"Lo único que resolvió la Corte es que no quedó demostrado el concierto entre autoridades del Ejecutivo y Judicial del estado de Puebla para perjudicar a Lydia Cacho, lo cual no significa que otras autoridades no puedan o deban seguir adelante con la investigación de asuntos que son muy sensibles para nuestra sociedad", indicó al dar lectura a un comunicado en la sede alterna de la Corte, sin aceptar preguntas de los medios.
"Esto es, de nuestra resolución no deriva impunidad para quienes hayan cometido actos delictivos", agregó.
El caso contra el gobernador, detalló, no podía prosperar, porque la única prueba en su contra era una conversación telefónica grabada ilegalmente.
"En el caso concreto, la premisa de la que parte la solicitud de investigación fue una grabación obtenida en franca violación al artículo 16 de la Constitución, y por tanto no tiene valor probatorio alguno, según lo determina el propio precepto constitucional en su párrafo décimo", explicó.
Lo anterior en referencia a la plática entre el mandatario poblano y el empresario textilero Kamel Nacif, difundida a principios de 2006, en la que el segundo agradece al gobernador su presunta ayuda para agilizar su denuncia por difamación contra la escritora.
En la sesión del jueves, los ministros resolvieron, por 8 votos contra 2, que la grabación no podía ser considerada una prueba, aunque algunos señalaron que sí era una "hipótesis a comprobar". Solo José Ramón Cossío y Genaro Góngora votaron en favor de darle valor probatorio.
Ya desde septiembre de 2006, la Corte había señalado que la grabación no podía ser una prueba, al desechar un dictamen del ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia que proponía declarar exactamente lo mismo que se resolvió el jueves, es decir, que no se acreditó una violación grave de las garantías de Cacho.
Luna indicó ayer que la Corte no siempre puede dictar sentencias que resulten populares.
"La jurisdicción debe ejercerse siempre en libertad, a fin de poner siempre primero al derecho; libertad que implica la obligación de hacer siempre lo debido y no lo que resulta popular, y a veces de fácil comprensión para grupos muy numerosos de la sociedad", apuntó, al resaltar que la Corte resolvió en debates públicos y transparentes.
Cabe aclarar que, de haber sido aprobado, un dictamen contra Marín no hubiera tenido efectos jurídicos, pues la facultad de investigación de la Corte no ha sido reglamentada por el Congreso y por tanto de estas indagatorias solo derivan informes que no generan obligaciones para otras autoridades.
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