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Niega Corte omisión en radio comunitaria
Descartan impedimento para que pueblos indios obtengan permisos y operen medios propios
Víctor Fuentes / Agencia Reforma
Al concluir ayer las votaciones preliminares y el análisis del juicio contra la ley de medios, la Suprema Corte de Justicia rechazó una propuesta para obligar al Congreso a dictar legislación que facilite el acceso de los pueblos indígenas al control de medios de comunicación.
Por cinco votos contra cuatro, los Ministros rechazaron la propuesta de Salvador Aguirre Anguiano, quien pretendía declarar que el Congreso ha omitido su obligación de garantizar el acceso de los pueblos indígenas a los medios, tal como ordena la Constitución desde 2001.
La mayoría estimó que es imposible declarar la existencia de una “omisión legislativa” en un juicio como este, derivado de una acción de inconstitucionalidad, cuyo único objetivo es declarar la nulidad de normas que ya existen.
“No puede haber una acción de condena para obligar a los cuerpos legislativos del Estado mexicano a producir leyes, porque la producción de leyes es un acto complejo”, explicó el Presidente de la Corte, Guillermo Ortiz.
Otros ministros aclararon que en la redacción actual de la Ley Federal de Radio y Televisión nada impide a los indígenas obtener permisos o concesiones en estas áreas, mientras que Ortiz de plano negó que exista una omisión legislativa.
“Cualquier medio de comunicación requiere solvencia económica, solvencia técnica y solvencia moral. ¿Debe el legislador federal suprimir estos requisitos a favor de las comunidades indígenas? No lo creo, porque se crearían condiciones de desigualdad en perjuicio de otros interesados”, argumentó.
En minoría, Juan Silva Meza propuso interpretar que hay una “prohibición implícita” contra estas comunidades, mientras Genaro Góngora afirmó que el Congreso lleva seis años violando la Constitución en agravio de los indígenas.
Concluyen análisis
Luego de dos sesiones de consulta con especialistas y siete sesiones de debate, la Corte invalidó los aspectos medulares que generaron la controversia contra la reforma de 2006 a las leyes de Radio y Televisión y de Telecomunicaciones.
Los Ministros echaron abajo los artículos 28 y 28-A de la Ley de Radio y Televisión, que permitían a los actuales concesionarios de radio y televisión abiertos ofrecer servicios adicionales de telecomunicaciones, sin participar en una licitación y sin obligación de pago al Estado.
También quedó eliminado casi por completo el artículo 16, tanto en la parte que establece concesiones por plazos fijos de 20 años, como en la que autorizaba el refrendo automático para los concesionario sin cumplir requisito alguno.
Asimismo una parte del artículo 17-G, que incluía la “subasta” como método para resolver las licitaciones de nuevas concesiones.
También fueron invalidados algunos aspectos del artículo 20, que le daban a la SCT facultades discrecionales en el otorgamiento de permisos para estaciones culturales.
Los Ministros tendrán hoy una sesión de trámite para repasar todas sus votaciones y dictar la sentencia definitiva, pero no se esperan cambios respecto de lo ya resuelto.
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