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en locales cerrados
Aislaran a fumadores
en locales cerrados
Agencias
El pleno de la Asamblea Legislativa obligó a los restaurantes, escuelas, oficinas y centros de espectáculos a separar físicamente las áreas para quienes fuman a través de la aprobación por unanimidad las reformas a la Ley de Protección a la Salud de los no fumadores en el Distrito Federal.
En el caso de que las condiciones de los locales no permitan colocar separaciones físicas, quedará prohibido fumar.
En las escuelas o instituciones públicas y privadas no se permitirá fumar en las aulas, bibliotecas y auditorios. En caso de desobedecer esta ley, los afectados por el humo del cigarro podrán solicitar la ayuda de un policía para poner a disposición del Juez Cívico a quien incumpla este ordenamiento.
También en el transporte público de pasajeros, incluyendo taxis, no se podrá fumar.
Los diputados de la Asamblea Legislativa establecieron un plazo no mayor a 60 días para realizar las adecuaciones legales a la Ley para el funcionamiento de establecimientos mercantiles del DF, a fin de armonizar su contenido con las reformas en materia de fumadores.
En los artículos transitorios, la ALDF solicita al gobierno local expedir el reglamento en un plazo no mayor de 60 días a la entrada en vigor de las presentes reformas.
Los establecimientos mercantiles que no obedezcan esta nueva normatividad serán suspendidos temporalmente o clausurados.
Tendrán una multa de 100 hasta 500 veces de salario mínimo y arresto de hasta 36 horas.
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