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Puebla, el tercer estado con más encarcelados por aborto

Jueves, 15 Agosto 2013 02:44
En la entidad poblana ocho mujeres y tres hombres han sido sancionados con cárcel, cantidad que sólo es superada por Baja California y Jalisco, con 15 y 13 casos respectivamente.
  • Osvaldo Macuil Rojas



Puebla se ubica en la tercera posición a nivel nacional con la mayor cantidad de personas encarceladas por aborto entre 2009 y 2012, con 11 casos de condenados por este delito, de acuerdo a cifras del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI).



A nivel nacional durante el periodo de referencia se registraron 151 casos de personas procesadas por abortar —120 mujeres y 31 hombres—, de las cuales 123 enfrentaron el juicio al interior de una penitenciaria.



En total 108 personas, 87 mujeres y 21 hombres, fueron sentenciadas como culpables en el país por este delito que no ha sido derogado en todas las entidades federativas.



En la entidad poblana 11 personas han sido condenadas y encarceladas entre 2009 y 2012 por abortar, ocho mujeres y tres hombres, alojándose en la tercera posición del top ten del ranking.



Por encima de Puebla se encuentran Baja California y Jalisco con 15 y 13 casos de manera respectiva.



El resto del ranking lo integran Hidalgo con 10 encarcelados, Michoacán con nueve, Estado de México con siete, Chiapas y Sonora con cinco, así como Quintana Roo y el Distrito federal con cuatro casos.



 



Casos en Puebla



En el estudio Omisión e indiferencia derechos reproductivos en México, el Grupo de Información Reproductiva Elegida (GIRE), presentó dos casos documentados de mujeres que abortaron.



El primero de ellos es el de Sofía, de 20 años, quien fue acusada por una trabajadora social del IMSS de presuntamente haberse provocado un aborto mediante una dosis de Misoprostol.



“Sofía tuvo que pagar una fianza para obtener su libertad provisional. El Ministerio Público de la localidad determinó no ejercer acción penal en contra de Sofía por falta de pruebas y archivó el asunto como concluido”.



El segundo es el de Laura, de 22 años, quien “acudió de emergencia al hospital en donde fue denunciada por una trabajadora social de la institución ante las autoridades de justicia locales, quienes la acusaron de inducir su aborto por medio de pastillas de Misoprostol.



”Permaneció en calidad de detenida y bajo custodia policial durante cinco días dentro del hospital. Finalmente, después de estar sometida a un proceso penal, el juez le otorgó el auto de libertad por falta de pruebas que la incriminaran”.



 



Legislación en Puebla



El 3 de junio de 2009, el Congreso local aprobó una modificación polémica a la Constitución del estado por su calidad de ultraderechista, que impulsó el entonces priista José Othón Bailleres y que dictó la protección de la vida desde la concepción hasta la muerte.



“IV.- La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta su muerte natural, salvo los casos previstos en las leyes”, expone el párrafo que se le agregó a la Carta Magna conocida como la “ley Bailleres”.



El Código de Defensa Social de Puebla en su artículo 343, establece que el aborto no es sancionable cuando sea causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada; cuando el embarazo sea el resultado de una violación y cuando el aborto se deba a causas eugenésicas.

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