Thursday, 18 de April de 2024

CAIP obliga al PRD a transparentar recursos de la campaña de Gali

Jueves, 28 Noviembre 2013 01:22
Durante la sesión ordinaria los consejeros determinaron exigir dar la información que solicitaron, la misma solicitud de información se hizo al Partido Acción Nacional, quien durante el desahogo del recurso de revisión 221/PAN-01/2013, finalmente sí hizo llegar una respuesta al recurrente
  • Elvia Cruz



El Partido de la Revolución Democrática (PRD) está obligado a transparentar la cantidad que destinó para el cierre de campaña del hoy alcalde electo, Antonio Gali Fayad, determinó el pleno de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (CAIP).



Este instituto político fue en coalición, a través de “Puebla Unida”, con otros partidos como Nueva Alianza, Acción Nacional y Compromiso por Puebla en la pasada elección.



En la capital poblana impulsaron como su candidato al ex secretario de Infraestructura estatal.



En sesión ordinaria, los consejeros ordenaron entregar esa información al solicitante, luego de que en su primera respuesta el sujeto obligado argumentó no haber recibido la solicitud correspondiente.



Blanca Lilia Ibarra Cadena explicó que la petición de información se dirigió a la dirección electrónica transparenciaprdpuebla@hotmail.com, correo reconocido por el propio titular de la unidad como el del sujeto obligado, “y aunque pretendió probar su dicho mediante la impresión del historial de la cuenta de correo electrónico destinado para recibir solicitudes de información, esta manifestación no se encuentra debidamente probada”.



Se argumentó que el historial del correo electrónico y la impresión de la bandeja de correo no deseado, es manejable, pudiendo ser retirados determinados correos. Por lo tanto, el pleno aprobó revocar el acto impugnado bajo el expediente 223/PRD-01/2013, a efecto que dé respuesta a la solicitud de información en materia del presente recurso.



La misma solicitud de información se hizo al Partido Acción Nacional, quien durante el desahogo del recurso de revisión 221/PAN-01/2013, finalmente sí hizo llegar una respuesta a la persona recurrente.



En otro tema, en la sesión se sobreseyó el recurso bajo el expediente 104/SSA-02/2013, donde se solicitaba el número de abortos, así como lugares donde se reportaron y las muertes de mujeres provocada por tal motivo.

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