Analiza Senado castigos más severos por delitos electorales

13:22



Sinembargo


La fracción del PRI en el Senado presentó una iniciativa de reformas en materia penal que sanciona hasta con 15 años de cárcel a los precandidatos, candidatos, coordinadores de campañas y funcionarios partidistas que utilicen recursos de procedencia ilícita en los procesos electorales.


El vice coordinador del PRI en el Senado, Arturo Zamora Jiménez, autor de la reforma, expuso que se busca “blindar” los procesos electorales de la infiltración de la delincuencia y dotar de mayores herramientas jurídicas a la Fiscalía Especializada para los Delitos Electorales (Fepade). Además se prevén sanciones más severas para los integrantes del crimen organizado que busquen incidir en las campañas, agregó el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI).


La reforma a los códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales tipifica la infiltración del crimen en los procesos comiciales con prisión de tres a 15 años, con independencia de las penas que por otros delitos correspondan a las personas que siendo parte de una organización criminal inciden o buscan incidir en las campañas.


En rueda de prensa, comentó que sancionará a quien provean recursos de procedencia ilícita en las campañas, ya sea en efectivo, especie o vehículos, así como a los precandidatos, candidatos y operadores de campaña que los reciban. Según la iniciativa, que analizan las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos, la reforma al Artículo 413 del Código Penal Federal se propone de cinco a 15 años de prisión a quien reciba o destine dinero o en especie a favor de un precandidato.


Dicha sanción también se aplicará a quien destine recursos para un candidato, partido político, coalición o agrupación política nacional, cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito. “Se busca evitar la infiltración de delincuentes en el ámbito de la política de nuestro país”, dijo Zamora Jiménez, quien recordó que la ley electoral en el ámbito penal en el país no se reforma desde hace 25 años, ello pese a que en la práctica han crecido por miles las denuncias en la Fepade.


“Al miembro de una organización que tenga como fin cometer algunos de los delitos sancionados por la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada se impondrá de quinientos a tres mil días multa y de tres a ocho años de prisión cuando intervenga en el proceso de selección como precandidato o candidato a puestos de elección popular”.


Asimismo impida por cualquier medio la instalación, apertura, cierre o clausura de una casilla electoral, obstaculice o interfiera el desarrollo normal de las votaciones, o intimide o amenace a las personas responsables del funcionamiento de la casilla electoral, impida el traslado, entrega de los paquetes y documentación pública electoral.


El integrante de la Comisión de Justicia agregó que existen vacíos legales en el marco electoral mexicano donde no se especifica los funcionarios que serían susceptibles de sanciones por desviar recursos a favor de precandidatos y candidatos, pero con la reforma se subsanan los mismos.


La iniciativa de reforma al 403 del Código Penal Federal propone imponer de 10 a 100 días multa y prisión de seis meses a tres años a quien obstaculice o interfiera dolosamente el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio, cómputo o cualquier otro acto de la jornada electoral; el traslado y entrega de los paquetes y documentación pública electoral.


“La pena se aumentará hasta el doble cuando se amenace o ejerza violencia física contra los servidores públicos electorales, con independencia de la pena que corresponda por la comisión de otro u otros delitos”.


La misma sanción para quien recoja o retenga, en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar con fotografía; quien el día de la jornada electoral viole, de cualquier manera y por cualquier medio, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto; impida en forma violenta la instalación de una casilla.


Cabe destacar que si la conducta se realiza por una o varias personas armadas o que utilicen o porten objetos peligrosos, a la pena señalada se aumentarán de dos a siete años de prisión con independencia a las que correspondan por la comisión de otros delitos. También se propone reformar el Artículo 407 del mismo código para imponer de 200 a 400 días multa y prisión de tres a nueve años al servidor público que condicione la prestación de un servicio público. Así como el cumplimiento de programas gubernamentales federales, estatales o municipales que hayan sido financiados con recursos provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

 


 

 

 

 


 
 
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