Jueves, 10 de Octubre del 2024

Por reclamar un acto incierto, la SCJN desecha controversia que promovió JJ

Por reclamar un acto incierto, la SCJN desecha controversia que promovió JJ
Sábado, 11 Marzo 2017 11:39
Luisa Tirzo / San Pedro Cholula

El gobierno cholulteca interpuso el pasado 13 de febrero el proyecto de controversia en contra de la reforma que hizo el Congreso Local al artículo 12 fracción sexta de la constitución local



Por reclamar un hecho incierto y no especificar el acto que se tilda como inconstitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó negarle la suspensión solicitada por el municipio de San Pedro Cholula en el expediente de controversia constitucional número 53/2017.


De acuerdo a documentos que fueron publicados por el periodista Ignacio Juárez en el diario 24 Horas, en la resolución de la SCJN se lee que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, procede negar la suspensión en los términos solicitados por el accionante (municipio de San Pedro Cholula),  “en virtud de que no acredita la existencia de un acto concreto de aplicación relativo a la suspensión o cancelación de la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado que lleva a cabo el municipio actor o que otorga a través de su sistema operador".


El gobierno cholulteca interpuso el pasado 13 de febrero el proyecto de controversia en contra de la reforma que hizo el Congreso Local al artículo 12 fracción sexta de la constitución local, en donde presuntamente se deja abierta la posibilidad de que el Estado maneje y administre el agua potable.


La controversia fue admitida por el máximo tribunal el 20 de febrero, y cuatro días después el ministro a cargo resuelve; “no es posible otorgar la suspensión respecto a actos futuros, inciertos e indeterminados dado que la suspensión en controversia constitucional procede siempre y cuando de una valoración de la naturaleza de los actos concretos se advierta que estos son susceptibles de suspenderse, situación que en el presente caso no acontece pues, se insiste, no hay acto específico que en este momento se tilde de inconstitucional”.