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OMG! La nueva ley de protección animal prohíbe tener pajaritos en casa

Jueves, 05 Septiembre 2019 13:25
OMG! La nueva ley de protección animal prohíbe tener pajaritos en casa

En Colombia se trabaja iniciativa de ley para prohibir que se tengan enjauladas aves de compañía. No al maltrato animal.

Staff/ Diario Cambio

@Diario_Cambio



Dile a tu abuelita que ya no podrán tener pajaritos en casa, lo prohíbe nueva ley de protección animal y es que por fin alguien levantó la voz por estas indefensas aves.


Según las autoridades la ley aún no es aprobada, es apenas una iniciativa, pero planea impedir la cría, reproducción, comercialización y posesión de pájaros de vuelo. De convertirse en ley, no incluiría a los gansos, patos, piscos, gallinas, codornices, pavo real y pavas.




El maltrato animal se ve reflejado al tener a un animal en una jaula, y más aún cuando les hacen daño físico al cortarle las alas. Por esta razón he radicado un proyecto de ley que prohíbe la cría, reproducción, comercialización y tenencia de aves de vuelo.


Este miércoles, Ricardo Ferro, representante del Centro Democrático radicó un proyecto con el que prohibiría la cría, reproducción, comercialización y tenencia de aves de vuelo, esto se debe dejar claro, en Colombia.




Es decir, no podrían tenerse como mascotas y quienes se dediquen al negocio avícola de ciertas especies tendrían que transitar a otras actividades productivas, un ejercicio que deberá impulsar, estimular y facilitar el Gobierno Nacional, según dice el proyecto de ley.


Según Ferro, su iniciativa busca combatir el maltrato animal, específicamente con las aves de compañía que viven enjauladas.


“Aún más cuando para mantenerlas como mascotas, las personas les hacen daño físico al cortarle las alas. Es inaudito que a un pobre animal lo tenga alguien enjaulado toda su vida”, expresó el representante.


Prohibición para la tenencia tendrá un periodo de transición de 10 años, pero prohibición para comercialización entrará a regir a partir de la sanción de la Ley


 De convertirse en ley, se tipificaría como maltrato animal la comercialización de aves tipo ornato (entendidas como las que se venden para tenerse en cautiverio) y canora (“identificadas por su órgano vocal se desarrolla típicamente, de manera que produce una canción de pájaro diversa y elaborada”). En esas dos clasificaciones entran los pericos, las cotorras, los cuervos, entre otros.


Entonces, en caso de cursarse con éxito su trámite en el Congreso, la persona que venda ese tipo de pájaros, podría incurrir en prisión de 12 a 36 meses, o multas de carácter pecuniario. “Y en lo que tiene que ver con la tenencia de estos animales como mascotas, habrá un periodo de transición de 10 años, dentro de los cuales los tenedores deberán proceder a la liberación o entrega de las autoridades ambientales del animal”, aseguró Ferro.


Fuente: Soy Carmín

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