Los tres amparos que se emprendieron para tratar de frenar el procedimiento de revocación de mandato para el Cabildo de Tehuacán fueron negados por la justicia federal; dos fueron promovidos por el presidente municipal sustituto, Andrés Caballero López, mientras que otro más fue del regidor suplente, José Alberto Méndez Lezama.
Las solicitudes que realizó el presidente fueron signadas con los números de expedientes 567/2020, y 253/2020, el primero fue solicitado ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales, mientras que el segundo en el Juzgado Noveno de Distrito, ambos en el Estado de Puebla.
La primera fue rechazada porque los asesores legales de Artemio Caballero López solicitaron el amparo para el presidente municipal suplente, olvidando que el amparo es una herramienta para que los ciudadanos se defiendan de actos de autoridad, pero no son procedentes cuando una autoridad lo solicita para defenderse de otra autoridad.
La intención de dicho amparo era dejar sin efecto el acuerdo con fecha 6 de julio en donde se declara el inicio del procedimiento de desaparición del cabildo, la respuesta fue que era improcedente porque al ser un problema entre autoridades era oportuna una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La solicitud del otro amparo del alcalde también fue desechada porque no contaba con la firma electrónica, que se establece como requisito debido al período de contingencia sanitaria, además de la evidencia criptográfica por la cual se garantizara la fiabilidad del documento presentado.
El tercer recurso promovido por el regidor suplente arriba mencionada tampoco prosperó, a éste le fue asignado el número de expediente 673/2020, y fue desechado porque se consideró que el Congreso estatal tiene la facultad de desaparecer a los ayuntamientos, en éste caso el de Tehuacán, además de que reiteran que el tema debe ser resuelto en una controversia constitucional.
Patricia Flores / Tehuacán
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