Miercoles, 24 de Abril del 2024

Rodolfo Huerta también presenta iniciativa para despenalizar el aborto

Viernes, 20 Noviembre 2020 03:10
Rodolfo Huerta también presenta iniciativa para despenalizar el aborto

Pretende que se modifiquen los artículos en materia de la definición del concepto de aborto, la inclusión del aborto forzado, además de sanciones aplicables y casos excepcionales

José Campos

@josecamp11



En menos de quince días se presentó la segunda iniciativa para despenalizar el aborto en Puebla, esta vez se contempla erradicar las sanciones al personal médico que ejecute este procedimiento, modificar la definición de aborto en el Código Penal del Estado de Puebla y que sea legal y gratuito antes de las 12 semanas de gestación.


Durante la Sesión del Pleno del Congreso del Estado, el diputado suplente Rodolfo Huerta Espinosa hizo de conocimiento que volvió a presentar la iniciativa que hace 13 años había planteado en su paso por el Legislativo Estatal y que fue estigmatizada por la iglesia católica, amenazando con excomulgar a quien la apoyara, siendo esta la segunda presentada en menos de quince días, pues la diputada Estefanía Rodríguez hizo lo propio el 12 de noviembre.


En su propuesta, el diputado pretende que sean modificados los artículos 339, 340 y 343 del Código Penal del Estado de Puebla en materia de la definición del concepto de aborto, la inclusión del término aborto forzado además de las sanciones aplicables y casos excepcionales que no tendrán sanciones.


En cuanto al Artículo 339, pretende establecer que se considere aborto a la interrupción del embarazo después de la décimo segunda semana de embarazo y no desde el momento de la preñez, como actualmente está estipulado en la Ley.


Mientras que el Artículo 340 establece el concepto de Aborto Forzado, el cual refiere a la interrupción del embarazo en cualquier momento sin el consentimiento de la mujer embarazada; en este caso se le impondrán hasta seis años de prisión a quien la obligue a abortar y hasta ocho años en caso de existir violencia física o moral.


Finalmente, en el Artículo 343 se modifica la fracción IV para que se establezca que no se sancionará el aborto en caso de que se detecten alteraciones congénitas o genéticas del producto siempre y cuando haya consentimiento de la madre, además de una fracción V para no sancionar el aborto en casos de inseminación artificial no consentida.


A la par de que el diputado presentaba dicha iniciativa en el Pleno del Congreso, la asociación civil Frente Por la Familia, se manifestó frente a la sede del legislativo estatal para hacer entrega de un escrito solicitando que no se apruebe la legalización del aborto debido a firmas que obtuvieron a través de una plataforma digital.