La operación de anexos e instituciones de salud mental sin los permisos correspondientes, serán sancionados con hasta cuatro años de prisión, según se establece en una iniciativa enviada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta al Congreso del Estado.
En el documento se propone reformar el artículo 258 BIS del Código Penal, con el objetivo de dar mayor certeza a la forma en la cual operan estos inmuebles.
De esta manera es las personas que operen anexos y los hospitales psiquiátricos sin contar con los permisos necesarios podrán recibir sanciones de uno a cuatro de años de cárcel, además de multas económicas que van de cuatro mil 811 pesos a 19 mil 224 pesos.
Dentro del paquete de iniciativas en materia de salud mental, también se contemplan modificaciones a la Ley de Salud y la Ley de Salud Mental.
Esto con el objetivo de facultar a la Secretaría de Salud para que pueda supervisar y vigilar a los establecimientos que presten atención en esta materia así como en el tratamiento de adicciones.
De igual manera se establecen criterios que deberán de cumplir las personas que trabajen en este tipo de inmuebles, como lo es el actuar con perspectiva de género y derechos humanos, entre otras.
Cabe recordar que en lo que va de este año se han registrado al menos cuatro casos de personas que pierden la vida al interior de anexos.
David Meléndez
@dav_ms6