La FGR inició formalmente un expediente para acusar a Joaquín Guzmán López de traición a la patria por el secuestro de Ismael “El Mayo” Zambada que concluyó con la captura de ambos por autoridades de Estados Unidos.
En un comunicado, el organismo autónomo destacó que la acusación es sólo contra “El Chapito”. Lo anterior, bajo el artículo 123 del Código Penal Federal, que establece una pena de cinco a 40 años al mexicano que cometa traición a la patria. También es responsable de ese delito quien prive ilegalmente de su libertad a una persona en territorio nacional y la entregue a autoridades de otro país. Asimismo, trasladarla fuera de México con tal propósito, como ocurrió con “El Mayo”.
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La Fiscalía General de la República (FGR) dio a conocer que las pruebas para acreditar este delito están en Estados Unidos, por lo que ya solicitó la información sobre el vuelo que trasladó a los narcotraficantes al país vecino.
Al respecto, explicó que hasta el momento no ha recibido los datos requeridos del “vuelo ilegal” ya que el avión tenía una matrícula clonada.
También, hubo una conducta irregular del piloto del avión y que ocultó toda la información del vuelo en territorio mexicano hasta que llegó a la frontera. En el sitio, sólo dio el aviso de su aproximación y aterrizaje en Estados Unidos, donde lo estaban esperando.
FGR pide a Interpol información de vuelo para acusar al “Chapito” de traición a la patria
Por tal motivo, el área de Asuntos Internacionales de la FGR, e INTERPOL-México, han solicitado formalmente al Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América la siguiente información, la cual hasta hoy no ha sido proporcionada:
1. Documento de autorización previa de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) del vuelo en que llegaron Ismael “N” y Joaquín “N”.
2. Documento de la información anticipada sobre los pasajeros (API).
3. Informe del sistema de seguridad de radares de los E.U.A., en la zona fronteriza con México.
4. Constancia de las autoridades migratorias sobre la recepción de ese vuelo en el aeropuerto de Santa Teresa, Nuevo México (pilotos, pasajeros, pasaportes, visas vigentes).
5. Constancia de aduanas sobre identificación y revisión de personas y pertenencias.
6. Datos de identificación del piloto.
7. Número de matrícula que llevaba el avión al momento del aterrizaje, legalidad y origen de la matrícula.
8. Identificación de la aeronave.
9. Registros aeronáuticos de la FAA (Federal Aviation Agency), sobre la matrícula y serie de la aeronave, incluyendo análisis histórico.
10. Si el número de serie que aparece en la puerta de la aeronave, así como la matrícula N287KA, son los legales; y si históricamente le corresponden hoy en día a esa aeronave, o si existe alguna irregularidad al respecto.
11. Número de serie real de dicha aeronave; y si existió cambio de alguna pieza en que se haya modificado dicha serie.
También, dio a conocer que la Agencia de Investigación Criminal (AIC) ubicó los datos de la pista cercana a Culiacán y el despegue y vuelo clandestinos no informados en territorio nacional.