En comisiones del Congreso de Puebla avanzó la Ley de Voluntad Anticipada, misma que estará incluida en la Ley Estatal de Salud; con ella, una persona en etapa terminal podrá expresar su voluntad de permitir o no que se le suministre tratamiento médico para que prolongue su vida.
Este jueves, por mayoría de votos fue avalada en las Comisiones Unidas de Gobernación y Salud la propuesta que hace un par de meses presentó el legislador del PT, José Miguel Octaviano Huerta Rodríguez.
El próximo lunes 15 de julio, Puebla se convertiría en el estado 16 en el país con la legislación en materia de voluntad anticipada, lo anterior en caso de que se apruebe por mayoría en el pleno del Poder Legislativo. Entre ellos está Aguascalientes, Ciudad de México, Coahuila, Colima y Guanajuato.
En este sentido, la iniciativa contempla que se realice un formato en servicios de salud públicos o privados en el que se determine la voluntad de una persona para que exprese su decisión de ser sometida o no a tratamientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en estado terminal.
Al mismo tiempo, la misma iniciativa contempla una adición a la Ley Estatal de Salud con la Ley General de Salud para contemplar dentro de la atención médica integral a los cuidados paliativos como una forma de actividad de atención médica.
La expedición de la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Puebla, también llamada ‘Muerte Digna’, señala que toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, tendrá derecho decidir en cualquier momento e independientemente de su estado de salud.
Lo anterior será con el objetivo de garantizar que si llegase a estar en situación terminal, reciba los cuidados paliativos enfocados a no prolongar la agonía y el dolor en el proceso de su muerte.
No obstante, quedará prohibida la eutanasia o que algún personal de salud suministre medicamentos o tratamientos que provoquen de manera intencional el deceso del enfermo.
Para validar este dicho del paciente hacia los familiares y profesionales de la salud, se tendrá que basar la decisión en un documento de voluntad anticipada ante notario público y dos testigos donde se establezcan las causales de cada persona.