A partir de 2030, arrancará la alternancia de género entre los candidatos a la gubernatura de Puebla; por lo que los partidos políticos aún podrán imponer a un hombre como candidato al Poder Ejecutivo dentro de seis años.
Esta reforma se trata de una armonización a nivel federal, después de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) evidenció en noviembre de 2023 las omisiones del Congreso de Puebla.
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“En el caso de Puebla, esta Sala Superior, en el primer incidente de incumplimiento de la sentencia de los recursos SUP-RAP-116/2020 y acumulados, determinó que el Congreso de dicha entidad federativa no había emitido la regulación concreta y clara del mandato de paridad atinente, por lo que subsistía una omisión legislativa en ese estado”.
Los magistrados advirtieron que, durante el proceso electoral 2023-2024, no existieron “condiciones normativas”. Las cuales garantizaran, de manera total y cierta, el mandato de paridad en la postulación de candidatos a la gubernatura de Puebla.
Por lo que, en atención a las observaciones realizadas por el TEPJF, se reformó el articulo 71 de la Constitución Política del Estado de Puebla.
“En la renovación de la titularidad del Poder Ejecutivo, se deberá garantizar el principio de paridad de género. Los partidos políticos, coaliciones electorales y candidaturas comunes, deberán alternar el género en la postulación en cada elección, en términos de lo que disponga la legislación local en la materia”.
Asimismo, se determinó que, esta disposición no será aplicable en los casos de gobernador interino, provisional o sustituto.
En entrevista, la presidenta de la Comisión, Silvia Tanús, advirtió que esta reforma aplicara hasta el proceso electoral de 2030. Por lo que, a partir de ese año, los partidos deberán postular un hombre o una mujer. Y, en 2036, un candidato de sexo distinto al de seis años antes.