Diciembre marca uno de los momentos más esperados para millones de trabajadores en México: el pago del aguinaldo, una prestación obligatoria que debe depositarse a más tardar el 20 de diciembre.
Ante dudas sobre posibles descuentos por ausencias laborales, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) aclaró que ciertos permisos e incapacidades no pueden afectar el monto que recibe el trabajador.
De acuerdo con la Profedet, los trabajadores que durante 2025 se ausentaron por las siguientes razones deben recibir su aguinaldo íntegro, sin disminuciones:
- Incapacidad por maternidad
- Permiso de paternidad
- Incapacidad por riesgo de trabajo
- Permisos con goce de sueldo
Si un empleador aplica descuentos por estas ausencias, la dependencia recomienda solicitar asesoría inmediata a través de sus canales oficiales:
- Teléfonos: 01 800 71 72 942, 01 800 91 17 877 y 59 98 20 00
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Atención presencial en cualquiera de sus 48 oficinas en el país
La institución recordó que los trabajadores tienen hasta un año a partir del 20 de diciembre para reclamar un pago incompleto o tardío.
¿Qué sí puede descontarse del aguinaldo?
El único descuento permitido es el correspondiente a impuestos, salvo cuando la gratificación es menor a 30 días de UMA (con valor diario de $80.60, según el Inegi), caso en el que no aplica retención.
Además, el aguinaldo debe pagarse exclusivamente en efectivo, depósito bancario, tarjeta de débito, transferencia u otro medio electrónico autorizado por el trabajador. No puede entregarse en especie, mercancía, vales o sustitutos de moneda.
Si la relación laboral termina antes del 20 de diciembre, el patrón está obligado a pagar la parte proporcional en el finiquito.
¿Quiénes no reciben aguinaldo en México?
Aunque el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo garantiza un mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo, se estima que 34 millones de mexicanos no reciben esta prestación.
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Inegi, la Población Económicamente Activa asciende a 61.3 millones de personas, con una tasa de informalidad del 55.4%, equivalente a 33.96 millones.
Las principales razones por las que millones quedan fuera de este pago son:
- Falta de relación laboral formal (trabajadores por cuenta propia, jornaleros no registrados, vendedores ambulantes, trabajadores domésticos sin registro).
- Contratación bajo esquemas de prestación de servicios u honorarios, sin vínculo laboral reconocido.
- Becarios o pasantes sin contrato formal.
- Incumplimiento de la ley por parte de algunas empresas; estos casos pueden denunciarse ante Profedet o la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
La ley establece un mínimo de 15 días de salario o su parte proporcional.
- Para salarios fijos: se usa el salario diario.
- Para salarios variables: se promedia lo ganado en los últimos 30 días trabajados.
- Para agentes de ventas o puestos con ingresos fluctuantes: se toma el promedio del último año.
Con estas precisiones, la Profedet busca garantizar que los trabajadores reciban correctamente esta prestación fundamental al cierre del año.
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