Línea Abierta


Josefina Buxadé Castelán*


Medina Mora presenta la acción de inconstitucionalidad por el caso Querétaro


A partir de que integrantes de 26 institutos y comisiones de acceso a la información de todo el país (incluida la de Puebla, por supuesto), solicitamos a la Procuraduría General de la República que interpusiera una acción de inconstitucionalidad por la reforma al artículo 33 de la constitución queretana, que “compacta” la Comisión Estatal de Información Gubernamental con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el procurador Medina Mora presentó dicha solicitud el martes 29 de abril.


La solicitud de acción de inconstitucionalidad fue entregada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a primera hora del martes 29, un día antes de que se venciera el plazo.


El hecho sienta un precedente extraordinario; pues si la PGR interpuso este recurso jurídico es porque considera que hubo una violación a la constitución de Querétaro, y si hay tal –como lo sostenemos un gran número de comisionados del país, además de constitucionalistas- entonces es probable que la SCJN se pronuncie en el mismo sentido, y deje sin efectos la aberración aprobada por la mayoría del congreso queretano, avalada por los municipios y por el gobernador, y publicada al vapor el 31 de marzo.


Tal como hemos comentado en este espacio, los comisionados y consejeros de acceso a la información del país formamos parte de la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información (Comaip), y un grupo de nosotros constituimos, desde noviembre del año pasado, la Comisión de Estudios Normativos (CEN), con el objetivo de detectar retrocesos en las reformas a las leyes de transparencia de todo el país –que habrán de realizarse antes del 20 de julio, en teoría para dar cumplimiento al nuevo artículo 6º de la Carta Magna-.


Esta comisión analizó las iniciativas de reformas a las leyes de Quintana Roo, Jalisco y Querétaro; y elaboró sendos pronunciamientos, que fueron firmados por la mayoría de integrantes de la Comaip, para alertar sobre los retrocesos e inconstitucionalidades en las nuevas leyes.


El caso de Querétaro cobró especial relevancia, porque implica la desaparición como tal de la Comisión de Acceso, lo que va en detrimento del derecho de acceso a la información gubernamental, ya que este derecho no será protegido por un órgano especializado, con resoluciones definitivas y vinculatorias.


Cinco integrantes de la CEN estuvimos en Querétaro, el 10 de marzo, para denunciar el atropello que se consumaría tres semanas después con la publicación de la “Constitución Renovada” de ese estado.


Una vez decretada y publicada la nueva constitución, se realizó una asamblea extraordinaria de la Comaip, en la Ciudad de México el 3 de abril, en la que la Comisión de Estudios Normativos expuso la pertinencia de presentar dos solicitudes de acción de inconstitucionalidad, una ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y otra ante la PGR, que son las instancias facultadas para presentarlas ante la SCJN.


Después de un interesante e intenso trabajo en equipo, que por decisión de mis colegas me tocó presidir, el jueves 17 de abril se presentaron ambos documentos ante la PGR y la CNDH.


El presidente de la CNDH, José Luis Soberanes –quien por cierto ya se había manifestado públicamente a favor de la “fusión” de la Comisión de Acceso a la Información Pública con la Estatal de Derechos Humanos de Querétaro- nos respondió el 25 de abril, diciendo que era improcedente nuestra solicitud. El ombudsman no comparte nuestra preocupación de que la reforma queretana implique perder un espacio ganado por la sociedad, aunque entiende que “su escrito se enmarca dentro de lo que ustedes califican como “batalla” para evitar que instituciones ciudadanizadas, que fortalecen la democracia, puedan ser borradas de un plumazo”. Tampoco comparte que el hecho constituya un “grave retroceso para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública”, y se declara competente para presentar acciones de inconstitucionalidad en el caso de leyes estatales presuntamente violatorias de derechos fundamentales; pero no considera que el arreglo organizacional aprobado en Querétaro lo sea.


Por el contrario, el procurador de la república consideró tan procedente la solicitud de acción de inconstitucionalidad que la presentó en tiempo y forma ante la SCJN.


Gracias a las gestiones realizadas por otra de las integrantes de la Comisión de Estudios Normativos de la Comaip –Ma. Elena Pérez Jaén, comisionada ciudadana del InfoDF-, cuatro comisionados tuvimos una entrevista el viernes 2 de mayo con el procurador Eduardo Medina Mora Icaza y el subprocurador José Luis Santiago Vasconcelos.


El procurador Medina Mora nos comentó que considera que la reforma al artículo 33 de la constitución de Querétaro va en contra del 6º de la Carta Magna. Así mismo nos reiteró que asume su facultad de velar por la constitucionalidad de las leyes que se generan en el país. De igual forma, la PGR considera que no sólo es inconstitucional el artículo 33, que tiene que ver con el órgano garante de acceso a la información pública, sino también algunos otros.

 

Los diputados queretanos, a los que se les hizo muy fácil desaparecer vía constitucional a la Comisión de Acceso, están muy preocupados de que el caso ya esté en la Corte. Esperaremos el tiempo necesario para que la SCJN decida quién tiene la razón; pero es previsible que impida la desaparición del órgano garante; lo que sería un duro revés para ellos, y un fuerte impulso al derecho de acceso a la información pública.

 

* Josefina Buxadé Castelán es comisionada de la Comisión para el Acceso a la Información Pública (josefina.buxade@caip.org.mx). Las opiniones vertidas en este artículo son responsabilidad de la autora y no necesariamente reflejan la postura de la CAIP.

 



 
 

 

 
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