Tiempos de Nigromante


Arturo Rueda

10/02/2009

Anarquía constitucional


El priísmo poblano, a la par que el sinaloense y el tamaulipeco, se aprestan a inaugurar un nuevo tipo de ciencia jurídica: la anarquía constitucional. El Constituyente Permanente –del que forma parte la legislatura poblana - reformó el artículo 116 inciso a de la fracción IV para que las elecciones se realicen en julio, y estableció plazos en el sexto transitorio para que los Congresos locales acataran las nuevas disposiciones. El problema, plantean los juristas priístas, es que nunca se tomó en cuenta el problema político que se generaba con tal reforma: el gobernador saliente coexistirá casi siete meses con el gobernador electo. Pero no solo eso: los 217 alcaldes salientes también coexistirán con los 217 alcaldes electos. Y lo mismo con los diputados. Así que los que mandan, ya no mandan; y los que gobernarán, pasará un largo trecho para empiecen efectivamente a hacerlo.

 

La ciencia jurídica marinista pretende arreglar el problema generado por el Constituyente Permanente yendo paso a paso y –dicen- sin tomar en cuenta los caprichos personales del grupo en el poder. Primero, hay que mantener las comicios locales del 2010 para noviembre por única ocasión, para que a partir del 2013 empiecen a celebrarse en julio. ¿Y porque mantenerlos en noviembre? Para dar tiempo a una macro reforma constitucional que ordene nuevamente los plazos, es decir, el próximo gobernador cesaría en sus funciones el 31 de octubre, es decir, tendría un periodo efectivo de 5 años nueve meses. Los alcaldes, en vez de sus 3 años, pasarían a 2 años y nueve meses, igual que los diputados. Sanseacabó: arreglado el galimatías creado por el Constituyente Permanente.

 

Y sin embargo, la buena solución al problema político choca frontalmente con el problema jurídico de los plazos establecidos por la reforma electoral. De los diez estados que eligen gobernador en el 2010, siete de ellos decidieron cumplir con trasladar sus comicios a julio, incluidos entidades priístas como Veracruz y Oaxaca, y estados vecinos como Tlaxcala. Los únicos en lo que ha habido problemas son en Sinaloa y Tamaulipas, en los que sus reformas ya han sido impugnadas ante la Suprema Corte de Justicia.

 

De fondo, subyace una anarquía constitucional. Cada estado está haciendo lo que le viene en gana. Si cumplen, pues perfecto. Y si no, a practicar el control constitucional por vía del artículo 105 de la Carta Magna.

 

Parece que Puebla abonará a dicha anarquía constitucional, pues en un ejercicio de responsabilidad –priísas dixit- cumplirán con su deber patriótico de mantener la estabilidad política a cambio de meterse en un problema jurídico. Y vaya que es gordo, porque aunque cumplan con maicear a dos de sus aliados habituales para conseguir la mayoría calificada de 28 votos, es más que previsible que el asunto terminará en la Suprema Corte de Justicia, tal y como viven ahora las reformas de Sinaloa y Tamaulipas.

 

La acción de inconstitucionalidad llegará fijo. El artículo 105 de la Carta Magna prevé que puede ejercerla el 33 por ciento de los diputados del Congreso local. En su defecto, también puede interponerla el Procurador General de la República y las dirigencias nacionales de los partidos políticos. ¿Alguien cree que el PANAL y el PAN no interpondrán el recurso? Por supuesto.

 

Además, el caso se dirimirá con la votación de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia, quienes ya conocieron alguna vez un caso que involucraba al gobernador poblano –casi nada, las violaciones a una periodista- y los dejó muy mal parado frente a la prensa nacional. ¿No tendrán oportunidad ahora de fallar en su contra para probar que nunca hubo un contubernio?

 

Pensemos ahora en el peor escenario: ¿Y si la Suprema Corte falla en contra del priísmo poblano y ordena que los comicios se realicen en julio? ¿De qué tamaño será el caos que deberán enfrentar los consejeros locales del IEE?

 

Mala idea mantener en noviembre. Quizá se avecina una bola de nieve.

 



 
 

 

 
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