Saturday, 02 de August de 2025

Miércoles, 03 Febrero 2016 01:53

En Izúcar, llevan a burócratas a misa por Día de la Candelaria

Incitados por la presidenta municipal del DIF, Carmen Lezama de Madero, un grupo de empleados se vieron obligados a acudir a misa con el “niño del Ayuntamiento” en horario laboral en el marco del Día de la Candelaria.

  • Yessica Ayala / Izúcar de Matamoros


 


Incitados por la presidenta municipal del DIF, Carmen Lezama de Madero, un grupo de empleados se vieron obligados a acudir a misa con el “niño del Ayuntamiento” en horario laboral en el marco del Día de la Candelaria.


 


El hecho de que las actividades del gobierno se hayan mezclado con la religión, fue criticado por habitantes en redes sociales.


 


Fue la propia titular del organismo quien dio cuenta de la misa y de haber repartido tamales y atole en el parque Pavón.


 


Durante el discurso que ofreció en el lugar, agradeció al “niño Dios” por el trabajo que tiene y que le representa un ingreso mensual superior a 30 mil pesos.


 


Sin embargo, la misa fue pagada con recursos del erario público. En el caso de los tamales, se calcula que se gastaron más de 20 mil pesos por dos mil piezas.


 


El padrino de la celebración fue el Director de Seguridad Vial, Federico Varela Sarmiento. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 24 establece, entre otras cosas que:


 


“Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 19 de julio de 2013)”.


 


 


Dos artículos de la Constitución Mexicana, el 24 y el 130, así como la ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público establecen límites a las organizaciones de culto religioso en México, además de que definen la barrera entre el Estado y la Iglesia.