Wednesday, 08 de October de 2025

Miércoles, 16 Noviembre 2016 02:44

Sancionarán participación de menores en conflictos armados

Con la nueva Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Sin embargo, los diputados no especificaron cuál será la pena contra los adultos que obliguen a los menores a participar en conflictos armados y violentos, pues según el diputado priista, Sergio Salomón Céspedes, se tendría que reformar el código penal

  • Luis Alberto Cataño R.


Con el fin de evitar el asesinato de un menor de edad en Puebla como en el caso Chalchihuapan con José Luis Tehuatlie Tamayo, diputados locales aprobaron una reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, para impedir que sean utilizados en “conflictos armados o violentos”.


Sin embargo, no está especificada alguna pena contra quienes lo hagan, ya que según el autor de la propuesta, el priista Sergio Salomón Céspedes, se tendría que reformar el código penal, mismo que será analizado más adelante.


En la iniciativa que planteó y que fue avalada por unanimidad, se reforman los artículos 13 y 17 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado en los que se establece que se debe preservar el “derecho a la vida, a la paz, a la supervivencia y al desarrollo”.


Mientras que el artículo 17 señala a partir de ahora que las “niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a no ser privados de la vida bajo ninguna circunstancia ni ser utilizados en conflictos armados o violentos”.


Cabe citar que José Luis Tehuatlie Tamayo perdió la vida en un enfrentamiento entre pobladores de San Bernardino Chalchihuapan y policías cuando los primeros bloquearon un tramo de la autopista Puebla-Atlixco para exigir el regreso del registro civil a su comunidad.


Menores serán considerados en juicios de patria potestad


También, por unanimidad, los legisladores avalaron una iniciativa para reformar el Código Civil para el Estado de Puebla en el cual se plantea que los menores de edad puedan participar en los procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica y que esto no pueda ser determinado por una regla fija en razón de la edad.


Esto permitirá que los infantes puedan ser escuchados en un juicio de patria potestad para comparecer.


Ante esto, la reforma al artículo 637 del Código Civil privilegia el interés de los menores de edad de acuerdo con su edad y su desarrollo cognitivo.