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Miércoles, 30 Noviembre 2016 02:10

Preparan guadaña para La Mostra por irregularidades que suman más de 228 millones de pesos

La presidenta de la Comisión Inspectora indicó que la cuenta pública de la alcaldesa muestra un daño administrativo por 228 millones. Aseguró que el procedimiento de inicio de responsabilidades administrativas contra Ernestina Fernández se debe a que no solventó las 66 observaciones en su estado financiero de 2014

  • Luis García / Nidia Hernández


La presidenta de la Comisión Inspectora del Congreso local, Patricia Leal Islas advirtió una inhabilitación y una sanción administrativa en contra de la presidenta de Tehuacán, Ernestina Fernández Méndez ‘la Mostra’ por irregularidades en su cuenta pública de 2014, que derivan en un daño administrativo por 228 millones de pesos.


La diputada Patricia Leal aseguró que el procedimiento de inicio de responsabilidades administrativas aprobado por el Congreso en contra de ‘La Mostra’ se debe a que no solventó un total de 66 observaciones en su estado financiero de 2014 por el monto señalado.


Leal Islas añadió que si Ernestina Fernández no solventa dichas observaciones, la alcaldesa podría ser destituida de su cargo, recibir una sanción administrativa que consta en una inhabilitación para ocupar cualquier cargo público, una multa económica e incluso podría derivar en encarcelamiento.


Además, Patricia Leal aseguró que previo a que la alcaldesa solicitara un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) argumentando que no fue notificada oficialmente para solventar sus observaciones, la alcaldesa no se presentó a la audiencia de pruebas y alegatos para realizar dicha acción.


“Todos los sujetos de revisión cuando tiene interés en sus cuentas públicas están checando las órdenes del día del Congreso y están pendientes. Al decir que no tenía conocimiento, entonces hay que ver que tanto interés tenemos por tener nuestros asuntos en regla”, precisó la legisladora Patricia Leal.


Rechazan amparo


Ernestina Fernández tramitó un amparo para protegerse de la inhabilitación, destitución y posible encarcelamiento por recursos no comprobados de su cuenta pública correspondiente 2014, sin embargo, fue rechazado por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo, del Trabajo y Juicios Federales del Estado de Puebla.


La negativa del amparo se respalda en el artículo 128 de la Ley de Amparo que establece en cuanto a la ejecución de la sanción o sanciones derivadas del procedimiento administrativo de origen:


 


“Se niega la suspensión provisional, en relación con los actos reclamados consistentes en: a) La falta de notificación del decreto y dictamen con minuta de decreto mediante el cual se ordenó iniciar un procedimiento administrativo de determinación de responsabilidad en su contra, por el ejercicio del cargo de Presidenta Municipal de Tehuacán, Puebla, por el periodo comprendido del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2014; y, b) La falta de notificación de la audiencia prevista en el artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, derivada del procedimiento administrativo previamente mencionado”.