Posted inEconomía

Invalida SCJN del Código Penal de Puebla multas calculadas en salario mínimo

Invalida la SCJN disposición del Código Penal de Puebla que establecía una multa calculada con base en el salario mínimo.
Invalida SCJN del Código Penal de Puebla multas calculadas en salario mínimo
Suprema Corte de Justicia de la Nación

Los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron el Código Penal de Puebla en relación a la multa en concepto de “salario mínimo”.

Que era parte de las penas previstas para el delito de violencia familiar.

Se trata de invalidar el artículo 284 Bis, tercer párrafo en el que se establece que la “multa de 50 a 150 días de salario” el delito de violencia familiar.

Lo anterior por la violación al artículo 123, Apartado A, fracción VI, de la Constitución Mexicana. Reformado mediante decreto publicado el 27 de enero de 2016 que eliminó el salario mínimo.

La multa estaba determinada en días de salario, en lugar de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La acción de inconstitucionalidad está en el expediente 90/2016.

Siendo promovida por la Procuraduría General de la República que pidió la invalidez del artículo 284 Bis, tercer párrafo, del Código Penal de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial el 20 de septiembre de 2016.

Imagen de síguenos en Google news
generica autor

Redacción

Diario CAMBIO es un medio de comunicación digital en Puebla. Tiene más de 45 años de experiencia en el ámbito periodístico.