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¿Sancionarán practicar el poliamor en Puebla tras su rechazo por la SCJN? Esto es lo que sabemos

La Primera Sala de la SCJN revocó el amparo que que permitía la unión civil entre más de dos personas en Puebla y todo el país.
¿Sancionarán practicar el poliamor en Puebla tras su rechazo por la SCJN? Esto es lo que sabemos
Relación poliamorosa y la Suprema Corte de la Nación

En Puebla se cancela el poliamor. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia del amparo que había otorgado el Juez de Distrito, que permitía la unión civil entre más de dos personas.

Los magistrados analizaron la evolución de las figuras del matrimonio y concubinato y advirtieron que en el precedente sobre el matrimonio igualitario, la exclusión se basaba en el sexo de sus integrantes, pero no toda la normativa jurídica que conlleva.

Es decir, sin diferencias sustanciales en la aplicación del régimen como el divorcio, la repartición de bienes, la compensación, entre otros.

Se trata del amparo 695/2023, a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, y que fue resuelto por mayoría de votos.

La Sala precisó que el poliamor conlleva una operatividad distinta de las relaciones monogámicas, por lo que las reglas del matrimonio y concubinato —que se refieren a interacciones entre una pareja— establecen presunciones y obligaciones específicas que “no serían aptas para lograr una operatividad plena para este tipo de interacciones, ya que se verían limitadas dentro de la regulación existente”.

También aclara que la diferencia de trato no está basada en una condición discriminatoria, sino en la falta de una regulación legal. Para tal efecto, se analizaron los artículos 294 y 297 del Código Civil de Puebla, que prevén las figuras del matrimonio y concubinato como la unión entre dos personas, descartando legalmente el poliamor.

Poliamor sí puede existir como familia en Puebla y México

La Primera Sala determinó que el no reconocer las relaciones poliamorosas dentro del matrimonio o concubinato no vulnera el derecho de libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la familia, pues de ninguna manera impiden la práctica del poliamor, tanto en Puebla como todo el país.

También aclara que el derecho a formar una familia y relacionarse no se agota con esas figuras, ni tampoco deja de tener protección constitucional; por lo que no existe una restricción o prohibición para que las personas integren este tipo de relaciones.

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Redacción

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