Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que validó la elección del ayuntamiento de Cuautlancingo, la elegibilidad y asignación de regidurías de representación proporcional (RP).
Al resolver el juicio SCM-JDC-2399/2024, el pleno estimó que el TEEP adecuadamente determinó que la parte actora no presentó prueba alguna para acreditar que dos ciudadanas asignadas como regidoras de RP no se habían separado de sus cargos como servidoras públicas, que desvirtuara su elegibilidad.
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Asimismo, consideró que la resolución del tribunal local resultó congruente y apegada al principio de exhaustividad. Ya que, al replicar la asignación de regidurías de RP efectuada por el instituto local, observó los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios aplicables y verificó, paso por paso, que la asignación se apegara a ellos.
En consecuencia, la Sala Regional confirmó la resolución impugnada.