Posted inPuebla

Ahora sí: en 2025 la licencia de conducir de los poblanos con examen teórico y práctico

La Secretaría de Movilidad y Transporte tendrá que definir en los próximos meses el proceso, el cual aún se desconoce
Ahora sí: en 2025 la licencia de conducir de los poblanos con examen teórico y práctico
Ahora sí: en 2025 la licencia de conducir de los poblanos con examen teórico y práctico

Las pruebas de manejo y examen teórico ahora serán obligatorias para otorgar licencias de conducir a partir de enero de 2025, de acuerdo con el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado.

La Secretaría de Movilidad y Transporte, que actualmente dirige Omar Álvarez Arronte, tendrá que definir en los próximos meses el proceso, el cual aún se desconoce.

➡️ Únete a nuestro canal de WhatsApp para mantenerte informado al estilo de DIARIO CAMBIO

La obligatoriedad de examen teórico y práctico corresponde a las modificaciones a la Ley de Movilidad, aprobadas en el Congreso de Puebla en 2023, donde se estableció que quien solicite su permiso en Puebla para conducir deberá pasar los exámenes teóricos y prácticos.

De acuerdo con el artículo 285 de la Ley, el examen teórico y práctico será definido por la dependencia estatal, la cual establecerá los contenidos, temas y metodologías para los exámenes teórico y práctico en función de cada tipo y modalidad de licencia de conducir.

Los exámenes prácticos serán aplicados por la Secretaría o “por terceros autorizados por la misma, mediante simuladores de conducción o por los medios que determine la Secretaría”.

Por ahora el decreto señala que para atender las nuevas disposiciones, se aplicará la modalidad de licencia de conducir mediante simuladores de conducción.

“El presente Decreto entrará en vigor a partir del primero de enero de 2025 y se estará al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente”, señala el Periódico Oficial.

Es preciso mencionar que la nueva ley obliga a que la expedición y el padrón de las licencias se manejen en la Secretaría de Movilidad, ya no en la Secretaría de Finanzas de Puebla.

¿Qué se necesita para una licencia de conducir?
¿Qué se necesita para una licencia de conducir?

¡Aplícate en la renovación!

De acuerdo con las reformas en el artículo 284, la reposición será cuando la licencia de conducir haya sido robada o extraviada, o bien se encuentre rota, con alteraciones o ilegible.

Los conductores no deberán de registrar adeudo por infracciones de tránsito y realizar el pago de derechos correspondientes.

Entre los documentos necesarios para la renovación destaca:

1. Solicitud de trámite de la licencia de conducir dependiendo el tipo

2. La Clave Única del Registro de Población (CURP) no mayor a tres meses en su impresión

3. Identificación oficial vigente con fotografía

4. Comprobante domiciliario no mayor a tres meses

5. Presentar el documento correspondiente emitido por la Fiscalía General del Estado en el que se haga constar la pérdida o extravío de la licencia de conducir

6. No registrar adeudo por infracciones de tránsito

7. Realizar el pago de derechos correspondiente

Los tipos de licencias

Para los casos de licencias para personas que conducen el servicio público de transporte, los servicios de transporte mercantil, servicios de grúas deberán de acreditar una capacitación en los términos que la Secretaría de Movilidad y Transporte. Adicionalmente tendrán que acreditar el examen de valoración psicofísica integral.

En el caso de licencias para conducir de uso particular, acreditar haber aprobado el examen médico además de las pruebas teóricas y prácticas.

Imagen de síguenos en Google news
KAREN MEZA

Karen Meza

Licenciada en Comunicación de la Escuela de Comunicación y Ciencias Humanas. Reportera de temas sociales, educativos, municipales y de seguridad pública en medios impresos así como digitales desde...