El secretario de Movilidad y Transportes, Omar Álvarez Arronte informó que 78 de 130 dueños de grúas en Puebla presentaron sus documentos establecidos en la convocatoria para solicitar la concesión y permiso para operar en Puebla con la nueva Ley de Transporte.
En entrevista señaló que hay un padrón de 130 prestadores de servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento, y de depósito de vehículos, de los cuales el 60 por ciento ya se manifestó interesado por cumplir las nuevas reglas.
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El 40 por ciento faltante podrá aún hacerlo, pues los interesados pueden cumplir con el requisito antes del 26 de agosto.
Omar Álvarez Arronte agregó que aunado a este proceso, prepara el convenio con los municipios de Puebla para homologar la operación de las grúas, incluso, regular los costos.
Es preciso mencionar, que a partir de julio, la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) del Gobierno del Estado de Puebla tiene un plazo de 6 meses para regular el costo de grúas y crear un padrón de prestadores de servicios, que estará vigente en los próximos 3 años.
De acuerdo con los nuevos lineamientos, la dependencia tendrá que recibir solicitudes de los interesados en prestar sus grúas para los servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos.
“Vencido dicho plazo, no se recibirá solicitud de permiso o concesión alguna, hasta al cabo de tres años”, refiere el decreto publicado por el Periódico Oficial del Estado.
De acuerdo con la convocatoria, para buscar la concesión, los interesados deberán presentar un escrito. En el caso de personas físicas, deberán presentar el acta de nacimiento original y clave única de registro de población, identificación oficial vigente, y comprobante domiciliario con antigüedad no mayor a dos meses.
Mientras en el caso de las personas morales se integra una carpeta con copia certificada del acta constitutiva, así como del documento en que consten las facultades de quien ostente la representación legal ante notario público; la escritura constitutiva en cuyo objeto social conste como actividad principal la prestación del servicio de grúas e identificación oficial vigente de quien acredite la representación legal.
Es preciso hacer mención que para los depósitos vehiculares, tanto personas físicas como morales deberán presentar documentos obligatorios adicionales, como la acreditación de contar con un predio con una superficie mínima de 4 mil metros cuadrados, barda perimetral con instalación eléctrica, oficinas administrativas, infraestructura para atención al público, entre otros, como inmueble con internet.