Posted inEconomía

Ojo con tu aguinaldo: SAT empezará a cobrar impuestos a partir de esta cantidad en 2025

En 2025, el SAT cobrará ISR al aguinaldo que exceda los 3 mil 394.20 pesos.
Ojo con tu aguinaldo: SAT empezará a cobrar impuestos a partir de esta cantidad en 2025
Billetes en un sobre

Con la llegada de fin de año, uno de los temas que más preocupa a los trabajadores es el aguinaldo, una prestación obligatoria establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta gratificación anual también puede estar sujeta al cobro de impuestos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Aunque una parte del aguinaldo está libre de impuestos, a partir de cierto monto el excedente sí se grava con el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Para el ejercicio fiscal de 2025, la cifra clave a considerar es 3 mil 394.20 pesos, equivalente a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor diario es de $113.14 pesos.

Esto significa que si un trabajador recibe un aguinaldo superior a esa cantidad, únicamente el monto que exceda será sujeto a retención de ISR. Por ejemplo, si alguien percibe un aguinaldo de 5 mil pesos, los primeros 3 mil 394.20 pesos estarán exentos, mientras que los mil 605.80 pesos restantes deberán ser gravados.

¿Quiénes reciben aguinaldo?

Según lo establecido por la LFT, todos los trabajadores formales tienen derecho a un aguinaldo mínimo de 15 días de salario, el cual debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Esta prestación no solo aplica a empleados de planta, sino también a trabajadores eventuales o por contrato, siempre que exista una relación laboral reconocida.

¿Qué es el ISR y quiénes deben pagarlo?

El Impuesto Sobre la Renta es un gravamen que se aplica a los ingresos obtenidos por personas físicas y morales dentro del país. La tasa del ISR varía dependiendo del monto total de ingresos y del régimen fiscal bajo el cual se tribute.

Están obligados a pagar ISR:

  • Personas físicas que residan en México, independientemente de la fuente de sus ingresos.
  • Empresas constituidas en el país, sin importar el origen de sus ganancias.
  • Extranjeros que generen ingresos en territorio nacional.
  • Cabe aclarar que hay excepciones, como herencias y donaciones, que están exentas del ISR según la legislación vigente.

Ante esta situación, expertos fiscales recomiendan a los trabajadores verificar con su empleador el desglose del aguinaldo y, en su caso, revisar las retenciones aplicadas, para asegurarse de que se haya cumplido correctamente con las obligaciones fiscales.

La transparencia en este proceso es clave para evitar discrepancias con el SAT y mantener al día las obligaciones tributarias correspondientes al cierre del año.

Imagen de síguenos en Google news
Hilda flores

Hilda Flores

Licenciada en Comunicación por la ECCH. En 2017 inició su carrera en los medios de comunicación como reportera y editora. En 2018 llegó a Diario CAMBIO en el área de redacción y actualmente se desempeña...