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¿Qué movimientos en tarjetas de débito pueden poner en alerta al SAT?

Aunque no existe límite de ahorro en tarjetas de débito, depósitos mayores a 15 mil pesos mensuales generan reportes automáticos al SAT.
¿Qué movimientos en tarjetas de débito pueden poner en alerta al SAT?
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Las tarjetas de débito se convirtieron en una herramienta esencial para administrar dinero en México, ya que con ellas se reciben pagos, se guardan ahorros y se llevan a cabo operaciones bancarias sin necesidad de efectivo. Sin embargo, una duda frecuente entre los usuarios es si existe un límite de dinero permitido en estas cuentas y qué tan vigilados están los movimientos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con la información disponible, el SAT no establece un tope máximo de ahorro en las tarjetas de débito y, en teoría, los usuarios pueden mantener el saldo que deseen sin sanciones. No obstante, ciertos movimientos sí generan reportes que pueden derivar en solicitudes de aclaración.

En primera los depósitos en efectivo iguales o superiores a 15 mil pesos en un mes. En estos casos, los bancos están obligados a informar al SAT, que puede requerir al contribuyente justificar el origen de los fondos. Además, ingresos que no coincidan con la actividad económica registrada, como pagos constantes por negocios informales o ventas sin estar inscrito en el régimen fiscal correspondiente, también pueden activar alertas.

Otro aspecto que puede ser revisado son las cuentas vinculadas a tarjetas de débito que generan intereses o rendimientos. En este caso el SAT busca comprobar que dichos ingresos correspondan a actividades declaradas.

El dinero guardado en una tarjeta de débito no paga impuestos por sí mismo, por lo que la intervención de la autoridad ocurre únicamente cuando se detectan depósitos elevados en efectivo, ingresos no declarados o movimientos que no coinciden con la actividad registrada.

Para evitar problemas, se recomienda registrar cualquier actividad económica adicional, así como monitorear los depósitos en efectivo y conservar comprobantes como facturas, recibos o estados de cuenta.

En caso de que el SAT solicite una aclaración, el proceso no implica una sanción inmediata, y basta con justificar el origen y coherencia de los ingresos para cerrar el caso sin multas.

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Cristian

Cristian Arturo Flores

Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la BUAP. Inició en el ámbito periodístico en 2020 en Info Quórum y posteriormente formó parte de Imagen Poblana. Actualmente se desempeña como redactor...