El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece un límite mensual de ingresos exentos para personas físicas que no están obligadas a presentar declaraciones por ciertas transferencias. En 2025, dicho umbral es de 15 mil pesos al mes, lo que equivale a 180 mil pesos anuales, siempre que no se trate de una actividad comercial frecuente o con fines de lucro.
Este monto excluye ingresos por donaciones, herencias, préstamos o apoyos familiares. No obstante, si los depósitos superan este límite o se reciben de forma continua —como pagos por ventas, servicios profesionales o cualquier actividad económica— los bancos están obligados a reportarlos al SAT. En estos casos, si no se declara, puede haber sanciones, auditorías o requerimientos de aclaración.
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Aunque el pago de salarios mediante transferencia electrónica no debería generar problemas, en la práctica muchos empleadores no emiten recibos de nómina. Esto puede hacer que el SAT interprete los depósitos como ingresos acumulables, susceptibles de impuestos, a menos que se demuestre lo contrario.
Por ello, se recomienda llevar un control claro del origen de los fondos y conservar comprobantes que acrediten su legalidad. Especialistas aconsejan que quienes tengan ingresos adicionales por colaboraciones, ventas ocasionales o servicios esporádicos, se inscriban en el régimen fiscal adecuado y cumplan con sus obligaciones tributarias.
Finalmente, se sugiere acudir directamente a las oficinas del SAT para resolver dudas y evitar posibles conflictos fiscales por discrepancias en los movimientos bancarios.