Desde el 31 de marzo, más de 258,000 escuelas en México deberán acatar la prohibición de vender comida “chatarra”, o sea, alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas. Esta medida busca reducir el sobrepeso y la obesidad infantil, condiciones que afectan al 35% de los niños y aumentan el riesgo de padecer diabetes y enfermedades cardiovasculares.
La normativa, establecida en la Ley General de Educación, surgió de una iniciativa presentada en 2022 por Armando Contreras Castillo, actual director del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA). Su objetivo es eliminar de las escuelas productos con altos niveles de azúcar, grasas saturadas, grasas trans y sodio.
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Las cooperativas y tiendas de escuelas no podrán vender los siguientes productos “chatarra”:
Botanas y frituras: cacahuates fritos con sal, frituras de harina, papas fritas, chicharrones de cerdo y de harina, cueritos y botanas industrializadas.
Dulces y postres: donas, flanes, pasteles, paletas o helados de crema, frutas en almíbar y dulces o golosinas.
Bebidas y lácteos: jugos de caja, néctares, refrescos, aguas de sabor industrializadas y leches saborizadas.
Comida rápida: hamburguesas, hot dogs, pizza y nachos con queso.
Otros: crema entera o media crema y alimentos con sellos de advertencia.
El incumplimiento de la norma puede derivar en multas de entre 11,314 y 1,697,100 pesos, calculadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA).