El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) denunció la apropiación cultural cometida por el diseñador estadunidense Willy Chavarría y la marca Adidas con el nuevo modelo de calzado denominado “Oaxaca Slip On”.
Estos huaraches presuntamente se encuentran inspirados en elementos que forman parte del patrimonio cultural de diversas Comunidades Indígenas Zapotecas de la Sierra Norte del estado de Oaxaca, especialmente, de Villa Hidalgo de Yalálag, Sin embargo, se realizaron sin la autorización ni consentimiento del colectivo.
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El INPI inició las acciones correspondientes con tal de proteger el patrimonio de conformidad con sus atribuciones y funciones, dentro del marco de las disposiciones jurídicas.
En el Artículo 2°, del apartado A, fracción IV de La Reforma Constitucional se establece el derecho de los pueblos y comunidades a preservar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, material e inmaterial, que comprende todos los elementos que constituyen su cultura e identidad y en ese mismo sentido, reconoce la propiedad intelectual colectiva sobre dicho patrimonio.
Al mismo tiempo, en la fracción III del apartado B, se establece la obligación del Estado mexicano de adoptar las medidas necesarias para reconocer y proteger el patrimonio cultural, la propiedad intelectual colectiva, los conocimientos y las expresiones culturales tradicionales de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
Por otro lado, en el artículo 3, la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas reconoce el derecho colectivo a la propiedad sobre su patrimonio cultural, conocimientos y expresiones culturales tradicionales.
Mientras que en el artículo 19 se establece que los Pueblos y Comunidades tienen el derecho de reclamar, en todo momento, la propiedad colectiva reconocida en dicha Ley, cuando terceros utilicen, aprovechen, comercialicen, exploten o se apropien indebidamente, de elementos de su patrimonio cultural, incluyendo reproducciones, copias o imitaciones, aún en grado de confusión, sin su consentimiento libre, previo e informado.
En coordinación con diversas instituciones del Estado mexicano el INPI, tiene el derecho de ejercer las facultades establecidas en la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, si se vulnera el derecho colectivo a la propiedad sobre el patrimonio cultural de Pueblos y Comunidades Indígenas, así de realizar la queja o denuncia correspondiente.