En Puebla capital, operan al menos una docena de crematorios para mascotas que llegan a incinerar hasta 300 animales al mes, de los cuales el 70 por ciento son perros, 25 por ciento gatos y el resto son aves y pequeños roedores.
La demanda creciente del servicio ha llevado a estos crematorios a diversificar su oferta; desde la cremación individual o colectiva simple, hasta entregas de cenizas en urnas personalizadas, certificados de despedida y rituales simbólicos para acompañar el duelo.
Los precios de estos servicios pueden variar según el tamaño del animal y el tipo de ceremonia, pero en general abarcan desde los paquetes más básicos de 550 pesos hasta opciones más ceremoniales de 12 mil pesos.
Los paquetes que ofrecen los crematorios para mascotas en Puebla varían tanto en precio como en acompañamiento. En servicios básicos, como los que maneja “Funeraria de Mascotas, di adiós con amor”, se incluye la incineración individual, la elección de una urna de diversos materiales y el uso de espacio para pasar tiempo con el cuerpo del animal antes que sea cremado, esto con un costo de 550 pesos por animales que pesen menos de 1 kilogramo, como aves y roedores.
En opciones intermedias, “Memorial Friends” incorpora la cremación individual, verificación física de cremación, urna de madera con el nombre de la mascota grabado, certificado de cremación, obituario y sala de espera, esto con un costo de 3 mil 950, este servicio también ofrece pagos a meses sin intereses y de contado.
Los paquetes premium que ofrece la misma casa crematoria “Memorial Friends” agregan elementos como: traslado del cuerpo, cremación individual, verificación física de la cremación, ceremonia de despedida dirigida por un tanatólogo en casa de los familiares, liberación de palomas durante la ceremonia, arreglo floral en sala privada, homenaje con duración de 30 minutos, urna personalizada y despedida en sala privada durante 2 horas.
Que dice la ley sobre la disposición final de animales de compañía
En la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla, vigente y con las últimas modificaciones realizadas en marzo de 2024, no hay un artículo que explícitamente diga “cuando una mascota muere, debes enterrarla de esta forma o reportarla a la autoridad”, salvo en casos específicos, como cuando hay una investigación penal y se debe realizar necropsia.
En casos de muerte sospechosa o crueldad, la Fiscalía puede exhumar el cadáver para hacer una investigación forense, como ya ha ocurrido en la entidad. No obstante, si la muerte es natural, legalmente el dueño tiene más libertad para decidir qué hacer con el cuerpo, siempre que no viole normativas municipales o de sanidad.
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