“En una sociedad de consumidores,
los pobres se ven doblemente castigados:
primero por la falta de ingresos suficientes
y después por un sistema fiscal que
grava el consumo más que la riqueza.
Los impuestos indirectos, como el IVA,
recaen sobre todos por igual,
pero para los pobres significan un
sacrificio mucho mayor
de sus recursos escasos.”
Zymunt Bauman
El paquete económico que se presentó por la administración pública federal ante la Cámara de Diputados en el Congreso de la Unión, el pasado día 8 de septiembre de 2025, que por cierto, es la fecha límite para su presentación, y fue entregado ya en altas horas de la noche de ese día, establece dentro de la propuesta de reformas a las leyes fiscales, que se implemente un incremento en el impuesto sobre el consumo de productos de tabaco y de bebidas refrescantes, impuesto que pagan el gran número de consumidores de estos productos, esto es, no se trata de un impuesto que paguen los productores o importadores de esas mercancías, menos aun el que comercializa esos productos, sino como siempre; el consumidor final.
El argumento del incremento de este impuesto, que propiamente se denomina oficialmente como impuesto especial sobre producción y servicios, es que con esta medida se diminuye el consumo de esos productos del tabaco y las bebidas refrescantes, esto es que, el argumento es el mismo que cuando se implementó el mismo impuesto hace once años, a partir de 2014, que apelando a la tutela al derecho a la salud, se pretendió que se implementará ese impuesto, pues a decir de la exposición de motivos de ese tiempo, se trataba de un impuesto con fines extra-fiscales, consistente en des-estimular el consumo de esos productos y con ello, proteger los derechos previstos en el artículo 4º. de la Constitución, como es el derecho a la alimentación sana, el derecho a la salud, etc.
En aquellos tiempos de 2013, cuando se planeó ese impuesto, resulta que, tenía como antecedente una recomendación de la OMS (Organización Mundial de la Salud) para México con la finalidad de disminuir el consumo del refresco, pues hay una multiplicidad de estudios que hacen mención que México, Rusia y Estados Unidos de América son los principales consumidores de refresco, por lo cual era necesario para México, como plan piloto global, implementar ese impuesto.
El resultado de su implementación fue lógico, un aumento significativo de la recaudación de ese impuesto, es más hay estadísticas que hacen mención que es el impuesto que porcentualmente más aumentó su recaudación, y, ¿Qué paso con el derecho a la salud?, pues en realidad no paso nada, se aumentó simplemente el pago por estos productos, pero no resolvió el objetivo primario, que era proteger esos derechos de salud y de alimentación sana, al final, la propia Corte de México, después de los cientos de amparos que se promovieron en 2014, decidió que ese impuesto resultaba constitucional, ya que cumplió con un fin o propósito adecuado constitucionalmente, proteger esos derechos del articulo 4o. de la Constitución.
Con esos antecedentes, se tiene la propuesta de aumentar el impuesto sobre las bebidas refrescantes, la respuesta es obvia es recaudatorio, también es evidente que no se protege nada de derechos, ni de salud, ni de alimentación sana.
En realidad, el problema es que no se puede implementar un impuesto de forma aislada, se considera el buen propósito de proteger esos derechos, pero debió de suceder que se implementara otra alternativa para el consumo de esos productos, pues no es nada más imponer un gravamen, ya que si no hay productos sustitutos en el mercado para no consumir estas bebidas, entonces, de nada sirve que se implemente ese impuesto, más que para aumentar la recaudación.
En realidad, el problema es más grave es que está gravando la pobreza, es decir, se paga principalmente, por las clases más necesitadas, porque estas son las que requieren de consumir bebidas refrescantes, basta con analizar que un obrero, un campesino, una persona que hace trabajo desde muy temprano en los días de labor, que son casi todos, requiere de mucha energía para soportar los trabajos pesados, el único que está a la mano para ello, es el refresco, por eso es que se consume prácticamente desde la madrugada de todos los días, la reacción es una gran cantidad de enfermedades, pero lo que es una realidad es que, no hay otra alternativa para esta masa de la población y lo que sucede con este impuesto es que quien consume ese producto son las personas más necesitadas, con menos capacidad de pago y por ello es que, resulta inconstitucional un impuesto que se disfraza de un derecho a la salud que después de once años del impuesto es evidente que no lo tutela. (Web: parmenasradio.org)