El ex comandante de la extinta Policía Judicial de Puebla y jefe de ejecución de órdenes de aprehensión, Juan Sánchez Moreno fue absuelto del delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho, tras una resolución emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en Quintana Roo
El tribunal otorgó un amparo liso y llano a favor de Sánchez Moreno y ordenó que en un plazo máximo de 24 horas, emitir una sentencia absolutoria en su favor, dejando sin efecto la condena de siete años y medio de prisión que le había sido impuesta.
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Por unanimidad de votos, los magistrados determinaron que no existen pruebas concluyentes que acrediten su participación, ni como autor directo ni mediato, en los actos de tortura denunciados por Cacho.
Además, en su fallo subrayaron que el principio de presunción de inocencia no fue desvirtuado, ya que no hay evidencia clara que lo vincule con instrucciones o participación indirecta en los hechos.
“Los actos identificados como constitutivos de tortura fueron cometidos directamente por otros sujetos activos, sin que exista prueba alguna de que el quejoso se haya valido de ellos para ejecutar el delito”, sostiene la resolución judicial.
El caso se remonta a 2005, cuando Lydia Cacho fue detenida en Cancún y trasladada en condiciones inhumanas por tierra hasta Puebla, tras la publicación de su libro Los demonios del Edén, en el que denunció una red de pederastia que involucraba a empresarios y funcionarios públicos.
En 2018, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) reactivó el caso y ejerció acción penal contra Sánchez Moreno, el exgobernador Mario Marín, el excoordinador de la Policía Judicial, Adolfo Karam y el empresario Kamel Nacif, entre otros.
Sánchez Moreno fue detenido y procesado y fue en mayo de 2019 se le dictó auto de formal prisión y, en enero de 2020, un juez federal lo condenó a cinco años y tres meses de cárcel. Posteriormente, en 2021, un tribunal de apelación aumentó la pena a siete años y seis meses de prisión, además de 15 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Sin embargo, al resolver el amparo directo 76/2022, el tribunal colegiado determinó que no existían elementos suficientes para mantener la condena. El fallo recalca que el análisis de los testimonios y peritajes presentados no permite sostener la plena responsabilidad penal del ex comandante.
La decisión representa un revés en el emblemático caso de Lydia Cacho, que durante años ha simbolizado la lucha contra la impunidad en delitos de tortura y represión a la libertad de expresión.