Entró en vigor el parche a la reforma al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, que redefine el delito de ciberasedio, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado, este 11 de julio de 2025. La iniciativa, aprobada el 10 de julio por el Congreso local, incorpora una cláusula para proteger la libertad de expresión.
Los diputados del Congreso del Estado de Puebla aprobaron este “parche” al artículo 480 del Código Penal estatal para redefinir el delito de ciberasedio, con el objetivo de brindar mayor certeza jurídica, proteger la integridad de las víctimas y, al mismo tiempo, garantizar la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo.
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La nueva redacción responde a críticas sobre ambigüedades en el texto anterior, que podrían interpretarse como una herramienta para limitar derechos fundamentales.
De acuerdo con el nuevo texto, se considera ciberasedio a la realización reiterada o sistemática de actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a través de medios digitales —como redes sociales, correos electrónicos o cualquier espacio en línea—, siempre que estas conductas alteren la vida cotidiana, perturben la privacidad o dañen la integridad física o emocional de la persona afectada.
Además, se establece que las autoridades deberán considerar el contexto de los hechos para determinar si se configura el delito, lo que permite una interpretación más justa y precisa.
Parche al Ciberasedio: Cambios clave en la ley
La pena mínima se reduce de 11 a 6 meses de prisión, conservando un máximo de 3 años y una multa de hasta 300 UMAs.
El delito será perseguido por querella, salvo cuando la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o exista una relación de autoridad o subordinación.
Se incorpora una cláusula de exclusión para proteger las manifestaciones legítimas de crítica, opinión o información con interés público, así como el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión.
Libertad de expresión, garantizada
Una de las preocupaciones más destacadas durante los foros y mesas de trabajo previos a la reforma fue la posible afectación a la libertad de expresión. Por ello, el nuevo texto excluye expresamente del delito todas aquellas expresiones que busquen satisfacer un interés público, contribuir al desarrollo democrático y dirigirse a las autoridades o funcionarios públicos.
Con esta reforma, el Congreso de Puebla busca equilibrar la protección de las víctimas de violencia digital con el respeto a las libertades fundamentales en un entorno cada vez más digitalizado.