La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Puebla aprobar de inmediato una reforma constitucional para que los ciudadanos puedan solicitar la revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo.
La decisión deriva de un amparo promovido por ciudadanos que reclamaron la omisión legislativa local, vigente desde hace más de cuatro años a nivel federal.
➡️ Únete a nuestro canal de WhatsApp para mantenerte informado al estilo de DIARIO CAMBIO
La decisión fue emitida por la Segunda Sala de la SCJN en la resolución del Amparo en Revisión 752/2024, promovido por ciudadanos poblanos, entre ellos Elizabeth Camargo Cervantes, quienes denunciaron que el Congreso local ha incumplido su obligación constitucional de armonizar la legislación estatal con las reformas federales en materia de consulta popular y revocación de mandato.
La resolución judicial, dictada el 18 de junio de 2025, establece que la omisión legislativa del Congreso vulnera el derecho de participación política de los ciudadanos, reconocido en el artículo 35, fracción IX de la Constitución Federal, así como en el artículo sexto transitorio del decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre de 2019, que obligaba a las entidades federativas a adecuar sus leyes en un plazo máximo de 18 meses.
En su fallo, la Corte determinó que:
- Sí existe interés legítimo de los ciudadanos para reclamar la omisión legislativa.
- La materia no es estrictamente electoral, por lo que el juicio de amparo es procedente.
- Se concede el amparo para que el Congreso de Puebla legisle a la brevedad sobre el derecho de revocación de mandato.
El juicio comenzó con un amparo indirecto, que fue inicialmente sobreseído por un juez de distrito, al considerar que los promoventes no tenían interés jurídico. Sin embargo, los ciudadanos interpusieron un recurso de revisión, y el caso fue atraído por la Suprema Corte.
El 21 de agosto de 2024, la Segunda Sala reasumió su competencia originaria y, tras el análisis de fondo, revocó la sentencia del juez y ordenó legislar. La resolución es obligatoria y vinculante, por tratarse de un fallo de la SCJN que interpreta directamente disposiciones constitucionales.