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Presenta Andrés Villegas nueva Ley de Derechos del Periodismo en Puebla (VIDEOS)

La iniciativa del diputado de Morena será analizada en comisiones y tiene el propósito de proteger el ejercicio periodístico en la entidad
Presenta Andrés Villegas nueva Ley de Derechos del Periodismo en Puebla
El diputado de Morena, Andrés Villegas Mendoza

El diputado de Morena, Andrés Villegas Mendoza propuso la creación de la Ley de Derechos para el Libre Ejercicio del Periodismo, con el propósito de proteger el ejercicio periodístico en Puebla, garantizando seguridad, acceso a la información y respaldo institucional en su tarea diaria de presentar hechos noticiosos.

La Ley de Derechos para el Libre Ejercicio del Periodismo en el Estado de Puebla que está integrada por 4 títulos y 45 artículos.

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En entrevista, Andrés Villegas señaló que se va a “regular la veracidad de la información”, los derechos de autor y también evitar la alteración de la información.

Sobre los convenios con los dueños de medios de comunicación, quienes fueron invitados a la presentación de la ley, también señaló que serán regulados, y podrán mejorarse en la discusión del dictamen en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente.

El diputado comentó que en Puebla no existe una ley que regule o reconozca los derechos de los periodistas, por lo que se debe de trabajar en la materia.

De acuerdo con la propuesta, un periodista no debe de incurrir en error o falsedad en hechos de información, ni adulterar intencionalmente opiniones y declaraciones. Además de que se regularán los acuerdos entre la cobertura y lo público, para que se pueda ejercer el periodismo.

En cuanto a los comunicadores, refieren que tienen el derecho a la libertad de opinión, de manifestar sus ideas, y de expresión, que contempla no ser molestado ni ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa a causa de sus opiniones.

Además de que podrán investigar, recibir informaciones y opiniones; y difundirlas por cualquier medio, teniendo como límite el respeto a los derechos de terceros para que no se ataque a la moral, la vida privada o provoque algún delito, o se perturbe el orden público.

En el documento se establece que los dueños de los medios de comunicación deberán garantizar la autoría del material publicado, el cual no podrán borrar. En tanto, se dan garantías para que, puedan tener ‘sus fuentes y protegerlas’.

Además de que los periodistas, trabajadores de la prensa y medios de comunicación pueden realizar su labor en forma independiente.

Mientras, los funcionarios públicos o personas públicas están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad, de las personas periodistas, trabajadores de la prensa y medios de comunicación, “sin que implique que su proyección pública los prive del derecho a la privacidad, a la intimidad o al honor, pero el nivel de intromisión admisible es mayor siempre y cuando esté relacionada con aquellos asuntos de relevancia pública”.

Ante ese propósito, queda prohibido al Estado y sus Municipios, a través de sus autoridades, presionar, castigar, premiar y privilegiar, de forma directa o indirecta a las personas periodistas, trabajadores de la prensa y medios de comunicación “en función de sus líneas informativas”.

Las empresas de la Comunicación podrán trabajar de manera coordinada con la Secretaría del Trabajo y Educación Pública en el acuerdo de convenios para los programas de capacitación a los periodistas.

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KAREN MEZA

Karen Meza

Licenciada en Comunicación de la Escuela de Comunicación y Ciencias Humanas. Reportera de temas sociales, educativos, municipales y de seguridad pública en medios impresos así como digitales desde...