La empresa Uber obtuvo una suspensión judicial que le permite ofrecer servicio en el Aeropuerto Internacional Hermanos Serdán. Sin embargo, esta medida no ha sido correctamente informada; debido a esto, los conductores de plataformas continúan con temor a ser sancionados o detenidos en caso de recoger pasajeros en la terminal aérea.
La resolución fue emitida por la Jueza Décimo Tercera de Distrito en Materia Administrativa, quien concedió a Uber la suspensión de la restricción impuesta por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que limita la prestación de servicios de transporte a unidades con concesión federal.
Con ello, la plataforma puede volver a operar en aeropuertos del país, incluido el de Puebla.
Debido a que esta resolución no ha sido notificada formalmente, los choferes continúan sin saber si están protegidos de posibles multas o detenciones por parte de la Guardia Nacional, que mantiene vigilancia en las inmediaciones del aeropuerto.
La suspensión otorgada solo aplica a Uber, por lo que otras plataformas como DiDi e InDrive permanecen sujetas a la prohibición vigente. Esto significa que los operadores de estas aplicaciones aún pueden recibir sanciones si recogen o dejan pasajeros en el aeropuerto.
La falta de uniformidad entre las plataformas ha generado confusión, ya que los conductores desconocen qué disposiciones continúan vigentes y si en el futuro podrían ampararse bajo el mismo criterio judicial.
Dentro del Aeropuerto Internacional Hermanos Serdán, el servicio de transporte autorizado sigue a cargo de la empresa Prestadora de Servicios Aquiles Serdán, concesionaria con permiso federal para operar en la terminal. Sus unidades deben cumplir requisitos específicos, como licencias federales, permisos especiales, placas y el pago de cuotas por uso de las instalaciones.
Por el momento, solo los taxis concesionados mantienen la autorización plena para ofrecer el servicio, mientras que los conductores de aplicaciones continúan limitados por la falta de lineamientos administrativos que respalden la resolución judicial.
A pesar del fallo favorable a Uber, la Ley Federal de Caminos, Puentes y Autotransporte sigue estableciendo que únicamente los vehículos con concesión federal pueden ofrecer servicio en aeropuertos.
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