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 Indicador Político 
 Carlos Ramírez 
 27/04/2011 
 + Política de defensa nacional+ El narco amenaza al Estado
 
 El problema de la nueva ley de  seguridad nacional no radica en la  imposibilidad de un Estado militar sino en el hecho de que el país enfrenta una  subversión violenta del crimen organizado contra el Estado que ya ha rebasado a  las policías y controles estatales y ha dejado al ejército como la última línea de defensa de la  estabilidad nacional. Los legisladores tienen ante sí no  nada más el desafío de un marco jurídico, institucional y social sobre la  seguridad nacional, sino que encaran el reto de la modernización del aparato general de seguridad. Más que el Estado  militar, los legisladores tienen la obligación de garantizar legalmente la vigencia de las instituciones ante el  activismo de las diferentes bandas del crimen organizado.
 Por tanto, todo lo que se haga para contener la modernización de la  seguridad nacional tendrá efectos positivos en el fortalecimiento del crimen organizado. El temor a un Estado militar es  del tamaño de la desconfianza en la  fortaleza de las instituciones. Es incomprensible que se contenga la modernización jurídica de la seguridad nacional  mientras las bandas del crimen organizado violentan el Estado de derecho, violan derechos humanos y asesinan impunemente a  ciudadanos.
 El fondo del asunto radica en la inexistencia en México de una política  de defensa nacional. Países que han padecido golpes de Estado militares y  dictaduras castrenses le han entrado al tema de la política de defensa nacional: Brasil, Colombia, Chile, Argentina,  Venezuela y Colombia. Una política de defensa nacional se basa en el papel decisivo de las fuerzas armadas para  garantizar la gestión política del Estado y las instituciones en cinco puntos fundamentales: democracia,  soberanía, seguridad, desarrollo y estabilidad social. La ley de seguridad  nacional de México podría ser un paso hacia el diseño de una política de defensa nacional que aumente el grado de  profesionalización del ejército.
 Los problemas de seguridad pública,  seguridad interior, seguridad nacional, seguridad política y seguridad social  tienen que ver con los cinco modelos  de ruptura de la gestión de gobierno: la inestabilidad por confrontaciones hacia el interior del sistema y del régimen, la desestabilización operada desde fuera y  contra el sistema y el régimen, la ingobernabilidad por la oferta de gobierno menor a la demanda social, el vacío de poder por la inexistencia de poderes fácticos y la inexistencia del Estado de derecho.
 La crisis de la seguridad interior llevó a la intervención del  ejército en el combate a las bandas del crimen organizado con capacidad  superior a las organizaciones policiacas. La ley de seguridad nacional, por  tanto, debe leerse en el contexto de garantizar a los ciudadanos la estabilidad dentro de las fronteras. Lo curioso del hecho  es que las críticas contra la minuta de la ley de seguridad nacional quieren atarle las manos a las fuerzas armadas  pero nada dicen en contra de los cárteles del crimen organizado. El  crimen organizado atenta contra la  sociedad, pero algunos grupos quieren enviar al Estado a la guerra sin fusil.
 Un análisis del ejército sobre las  objeciones contra la ley de seguridad nacional muestra que la propuesta  contiene controles institucionales  para evitar el Estado militar, la violación de derechos humanos y la represión  a movimientos sociales.
 --Los artículos 72, 74 y 85 tienen candados para evitar el Estado militar  porque existe la condición de logar  la aprobación del congreso.
 --El párrafo 2 de la fracción VIII  del artículo 74 garantizan la  intervención y supervisión de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de  las comisiones estatales. No habrá acciones por la libre.
 --El párrafo 3 garantiza que no habrá operativos militares contra protestas  administrativas, laborales, electorales o políticas, a menos que amenacen la  seguridad interior.
 --Las acciones en carreteras se  ajustan al artículo 131 constitucional en el criterio de revisión “por motivos de seguridad o de policía”.
 --No se podrá unilateralmente  suspender garantías sino a través de lo que manda el artículo 74 fracción V:  las cámaras podrán ejercer sus “funciones  legales de control político” de la declaratoria de la existencia de una  afectación a la seguridad interior.
 --No se legaliza el espionaje  político. La ley se ajusta al mandato constitucional de que información  obtenida afectando la vida privada “carece de todo valor probatorio”. Las  acciones de acopio de información deben cumplir las exigencias de ley. Por cierto, la Corte Suprema ablandó la intercepción telefónica. La  ley de seguridad prohíbe intercepciones telefónicas y exigen autorización de un juez.
 Si se revisa a fondo la minuta de  la ley de seguridad nacional se puede percibir que se regula y precisa la intervención del ejército en  asuntos que no tienen que ver con la fase internacional de la seguridad  nacional. Al final de cuentas, la misión del ejército es la de proteger a la población civil, garantizar la vigencia del  Estado de derecho y facilitar las condiciones de seguridad interior para la vigencia del sistema democrático.
 A las características del Estado  mexicano como un Estado anti-golpe y anti-intervención se agrega ahora la del  Estado de seguridad interior. En su  última instancia, la ley de seguridad nacional está diseñada para combatir a las mafias del crimen  organizado que asesina, ataca a la población civil, trafica con drogas  ilegales, sirve a intereses extranjeros de las mafias internacionales que  controlan el tráfico de drogas.
   El costo de no legislar está  a la vista: una victoria política  del crimen organizado.    www.grupotransicion.com.mx carlosramirezh@hotmail.com           |