Miercoles, 09 de Octubre del 2024

Suprema Corte exige a San Martín cumplir con el pago de dos empresas

Suprema Corte exige a San Martín cumplir con el pago de dos empresas
Martes, 09 Mayo 2017 01:05
Héctor Tenorio / San Martín Texmelucan

Comuna de San Martín debe emitir un reembolso por dos millones de pesos a más tardar este mes. Corporación Inmobiliaria Celeste y Consorcio del Ángel, demandaron a este municipio y ganaron, pero no han recibido la compensación.



Al edil de San Martín Texmelucan, Rafael Núñez Martínez, le llueve sobre mojado. Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un nuevo requerimiento para esta demarcación en el que se demanda cubrir el pago a dos sociedades morales quejosas y de no hacerlo, se iniciará con el proceso de destitución en contra del cabildo en pleno.


En el documento de la SCJN, consultado por CAMBIO Regionales, se refiere que en sesión ordinaria de fecha 27 de abril del año en curso, que el gobierno municipal destinó dos millones de pesos a favor de las morales quejosas: Corporación Inmobiliaria Celeste, SA  de CV y Consorcio del Ángel, SA  de CV, correspondientes a la cuenta bancaria 00110287806 de la Institución Bancaria BBVA Bancomer.


El pasado 4 de mayo fue publicada otra amonestación para el municipio, esto por el caso 629/2015, donde se pide que exhiba cheques certificados para el pago de dos demandantes. El Juzgado Primero de Distrito Penal Federal, destacó que de cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, se dará paso a la referida destitución.


El fallo es de acuerdo con la aplicación de lo dispuesto en la fracción XVI, del normativo 107 constitucional.


En este sentido, el Juez Federal informó a la Tesorera Municipal del Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, Liliana Salazar Vega,  que en el término de tres días, ‘contados a partir de que los quejosos ya citados comparezcan a recoger los aludidos cheques, remita copia certificada y legible de las constancias de donde se desprenda que hayan sido entregados’. De no hacerlo, se impondrá una multa de dos mil 264.70 pesos.