Debido a que no se le comprobó el delito de peculado, quien fuera secretario de Medio Ambiente en la administración de Mario Marín Torres, Francisco Castillo Montemayor ya no fue sujeto a proceso, por lo que tras permanecer en prisión domiciliaria durante 10 meses, un Juez Federal le dictó auto de formal libertad.
Sin embargo, la Fiscalía General del Estado (FGE) dio a conocer en un comunicado de prensa que el Juez Sexto de lo Penal tiene la última palabra en aceptar el fallo o no y que la dependencia que encabeza Víctor Carrancá Bourget también analizará el auto de formal prisión que se dictó en su momento para ‘hacer las precisiones pertinentes’.
Las acusaciones por parte de la Fiscalía General del Estado contra el ex funcionario se concentraron en el proceso penal 472/2016, relacionados con el destino de 39 millones 275 mil pesos para la compra irregular de equipo para tratamiento de basura en 11 municipios.
La detención del ex funcionario estatal fue considerada como una ‘venganza política’, debida a las críticas que hizo contra el gobierno de Rafael Moreno Valle en torno a la remodelación de Flor del Bosque.
Gana amparo
Castillo Montemayor fue aprehendido el pasado 15 de noviembre del 2016, al salir de sus oficinas ubicadas en la Colonia Huexotitla, siendo trasladado al Centro de Rehabilitación Social (Cereso) de San Miguel, donde permaneció recluso hasta el 12 de abril.
Después de esta fecha se le concedió seguir el arraigo en su domicilio ubicado en el municipio de Atlixco, por su desmejorado estado de salud, que lo aquejaba debido a sus 72 años de edad, situación que le fue negada desde que se inició el proceso penal.
Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito presentó su resolutivo del amparo promovido por Castillo Montemayor, debido a que en la denuncia presentada por la FGE existieron deficiencias técnicas en la imputación, por lo que el órgano federal determinó la no sujeción a proceso, a la espera del resolutivo del Juez Sexto de lo Penal.
FGE analizará la resolución
A través de un comunicado, la FGE manifestó que la resolución del amparo en contra del auto de formal prisión dictado por el juzgador local, sólo tendrá efecto si el Juez Sexto de lo Penal, toma en cuenta las consideraciones del organismo federal.
“La resolución del Juez Sexto de lo Penal será debidamente analizada por la Fiscalía y en su caso a petición del Agente del Ministerio Público, el Juez hará las precisiones pertinentes respecto del fallo dictado”, cita el comunicado.