Sábado, 27 de Abril del 2024

Comisiones del Senado avalan 12 días de vacaciones dignas a partir de 2023

Miércoles, 14 Diciembre 2022 14:21
Comisiones del Senado avalan 12 días de vacaciones dignas a partir de 2023

El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023, o al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Redacción Diario CAMBIO

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Este miércoles fue un día importante para todos los trabajadores, pues las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos Segunda, del Senado, avalaron los 12 días de vacaciones dignas, luego de su primer año de actividades, dictamen que entrará en vigor desde el próximo 2023.


En la reunión de estas Comisiones se aprobó, por unanimidad con la minuta enviada desde San Lázaro, la cual será discutida este miércoles en el pleno del Senado, la que reforma los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones, donde se aumentó de los actuales seis días de vacaciones en el primer año a 12 días.



“Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán  de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”, señala la iniciativa impulsada por la senadora de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado.



Se destaca que a partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicio.



“Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76  de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”, puntualiza la reforma.



En los transitorios se destaca que el presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023, o al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y las mismas serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.


Con información de El Universal

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