Viernes, 26 de Abril del 2024

De seis mil firmas presentadas por Augusta, la Comisión de Elecciones sólo le validó dos mil 148

Jueves, 21 Octubre 2021 04:02
De seis mil firmas presentadas por Augusta, la Comisión de Elecciones sólo le validó dos mil 148

En contraparte, en la cédula de registro de Genoveva se especifica que recibieron todas las firmas que presentó la ex dirigente, nueve mil 170, y en este caso le tomaron como válidas el máximo de firmas que podía presentar, dos mil 323

José Campos

@josecamp11



La Comisión para la Elección de la Presidencia Estatal del PAN sólo aceptó dos mil 148 firmas de las más de seis mil que presentó la planilla que busca la dirigencia estatal del partido, encabezada por Augusta Díaz de Rivera y Marcos Castro, siendo una traba más que buscan imponer a la ex regidora.


El Comité Directivo Estatal (CDE) presentó las cédulas de publicación de la aprobación de los registros de planilla tanto de Augusta Díaz de Rivera como de Genoveva Huerta Villegas, fechadas el 15 de octubre de 2021 y con la firma de la presidenta de la Comisión, María León Popócatl Gutiérrez.


En los documentos se describe el proceso que ambas realizaron respecto al registro y detallan los requisitos que se les solicitaron para poder ser valoradas, siendo el de la presentación de firmas de respaldo de más del 10 por ciento de militantes y menos que el 12 por ciento de los 19 mil que tiene el partido en Puebla.


Cuando Díaz de Rivera se registró ante el CDE, anunció que había presentado poco más de seis mil firmas de respaldo, aunque la presidenta de la comisión anunció que sólo estarían tomando las que solicitaba la convocatoria a analizar, por lo que aceptaron un total de dos mil 163, de las cuales rechazaron 15.


A diferencia de la ex regidora panista, en la cédula de registro de Genoveva Huerta Villegas se especifica que recibieron todas las firmas que presentó la ex dirigente, nueve mil 170, y en este caso le tomaron como válidas el máximo de firmas que podía presentar, dos mil 323, sin decir cuántas fueron invalidadas, como en el caso de su contrincante.


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Si bien no es una condicionante para la nulidad de su registro, es clara la diferenciación del órgano partidista en el manejo de la documentación recibida por ambas partes, poniendo como limitantes ciertos marcos estatutarios para Augusta Díaz, mientras que con Genoveva Huerta fueron permisivos.


Cabe destacar que en la cédula de Augusta Díaz se establece que ninguno de los integrantes de la planilla tuvo un documento faltante en su registro, por lo que se da certeza al pago del adeudo de cuotas partidarias por lo que el CDE señaló a la ex regidora y a Marcos Castro por un monto de 530 mil pesos.

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