Friday, 26 de April de 2024

Avalan inclusión de maltrato animal en el código penal

Jueves, 25 Julio 2013 01:57
La iniciativa contempla hasta dos años de prisión y multa de hasta cien días de salario mínimo a quien maltrate a un animal; la condena será de hasta cuatro años y 400 días de salario mínimo si le provocan la muerte.
  • Osvaldo Macuil Rojas



Los diputados de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobaron tipificar el maltrato animal como un delito, por lo que será realizada una reforma al código penal del estado, pero dejaron fuera a la tauromaquia y a las peleas de gallos.



La reforma incluye adicionar al código penal el capítulo vigésimo cuarto, sobre el maltrato animal, que incluye cinco artículos, del 470 al 474.  El primero de ellos señala que quien maltrate a un animal y le provoque lesiones que no pongan en riesgo su vida se le impondrá una sanción de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 100 días de salario mínimo.



Pero en el tercer párrafo de este artículo, se establece que si las lesiones le provocan la muerte al animal, la condena será de dos a cuatro años de prisión y multa de 200 a 400 días de salario mínimo.



Durante la sesión de esta comisión, el panista Jorge Gómez propuso que en el dictamen se incluyera el artículo 474, en el que “se exceptúan los espectáculos de tauromaquia, charrería y peleas de gallos; así como los relacionados con fiestas tradicionales y usos y costumbres”.



Los diputados Gerardo Mejía, Guillermo Aréchiga y Oswaldo Avendaño votaron en contra de que se adicionará este artículo; pero perdieron por los cuatro votos a favor de Eric Cotoñeto, Jesús Zaldívar, Jorge Gómez y Ramón López Campos.



La iniciativa aprobada en comisiones únicamente es para “especies doméstica o silvestres”, y el artículo 472 expone que “las sanciones previstas en el artículo 470 se incrementarán en una mitad en los supuestos siguientes: I. Si se prolonga innecesariamente la agonía o el sufrimiento del animal. II. Si se utilizan métodos de extrema crueldad. III. Si además del maltrato, el sujeto activo los capta en imágenes, fotografías o videograbación para hacerlos públicos por cualquier medio”.



Este tema fue abordado por los legisladores poblanos luego de que se dio a conocer el maltrato animal que realizó Juan Castillo —conocido como “El Matagatos”— en San Martín Texmelucan, pues en redes sociales se viralizó el material que difundió los actos de crueldad que realizaba a gatos y perros.

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