Viernes, 22 de Agosto del 2025

Confirma Sala Regional del TEPJF la sanción vs Claudia por actos anticipados (VIDEO)

Viernes, 02 Julio 2021 01:45
Confirma Sala Regional del TEPJF la sanción vs Claudia por actos anticipados (VIDEO)

Analizó 30 videos de sus redes sociales, de los cuales desechó 18, pero en los 12 restantes confirmó que presumió las obras del Ayuntamiento para promoverse para otro cargo

José Campos

@josecamp11



El TEPJF confirmó que la alcaldesa Claudia Rivera Vivanco incurrió en promoción personalizada y actos anticipados de campaña por la publicación de 12 videos en su perfil de redes sociales donde presumió obras del Ayuntamiento durante el periodo electoral aunque ‘quitó’ 18 publicaciones que habían sido señaladas por el TEEP.




Los magistrados aprobaron por unanimidad ratificar la sentencia del TEEP y declararon que las impugnaciones promovidas por la alcaldesa de la capital poblana son parcialmente infundadas, uno de los argumentos que presentó la alcaldesa para buscar que se retirara la sanción en su contra fue escudarse en la libertad de expresión para justificar sus publicaciones.


Asimismo, los magistrados reconocieron que en las publicaciones realizadas no se hace un llamado expreso al voto, muestran intención de promover la persona de Claudia Rivera Vivanco en el proceso electoral, aunque aún no se ostentaba como la candidata de Morena en la capital poblana.



“El proyecto de resolución para el juicio electoral 55 de este año promovido por Claudia Rivera Vivanco contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla de, entre otras razones, la amonestación por la comisión de promoción personalizada, uso indebido de recursos y actos anticipados de campaña, en la propuesta se califica como parcialmente fundado el agravio”, señaló la magistrada.



En ese sentido, los magistrados tomaron la determinación de modificar parcialmente la sentencia del TEEP, dejando firmes las amonestaciones en contra de Rivera Vivanco, pero modificando la cantidad de videos en los que incurrió en promoción personalizada y actos anticipados de campaña.


La Sala Regional determinó que en 18 de los videos que habían sido señalados por el TEEP, en donde la morenista sí está presente, no se comprueba que haya incurrido en promoción personalizada ya que se entró en una subjetividad de la interpretación del contenido.

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