Pascual Morales Martínez, alcalde del municipio Francisco Z Mena, fue el primer poblano en entrar a la ‘lista negra’ del INE por incurrir en violencia política de género en el uso de su cargo; el presidente municipal entró al padrón de agresores por bloquear el pago de la regidora Flor Teresa Ávila y por no permitirle participar en las sesiones de Cabildo.
Aunque se esperaban personajes como José Juan Espinosa o Héctor Alonso Granados por sus constantes actuaciones misóginas en el Congreso del Estado, estos fueron sancionados antes de que entrara en vigor la nueva legislación en materia de violencia política de género, por lo tanto no era aplicable su registro en el padrón.
El acoso del alcalde Pascual Morales Martínez hacia Flor Teresa Ávila inició desde el 2019, cuando el alcalde intentó obstaculizar su labor como regidora; en una primera instancia, suspendiendo el pago de su sueldo mensual y, debido a que recurrió a los tribunales electorales para defender su dieta, le prohibió el ingreso a las sesiones de Cabildo.
Inclusive, la regidora afectada declaró temer por su vida debido a que el edil había sido señalado de maltratar y llegar al grado de las agresiones físicas con otras trabajadoras del Ayuntamiento, además de que había quejas por parte de otros funcionarios respecto al retraso de los últimos pagos de su dieta.
Tras el litigio la regidora ganó el juicio y el alcalde debía acatar una sentencia que dio el TEEP desde diciembre de 2019, en donde le instruía resarcir el daño a la regidora denunciante y difundir una disculpa pública por las acciones realizadas en medios de comunicación de la región, pero Morales Martínez no cumplió con la sentencia emitida.
Según los datos del padrón de personas sancionadas por violencia política de género, Pascual Morales Martínez es el primer poblano en ingresar a este registro, con lo cual estará inhabilitado para registrarse como candidato a algún cargo público hasta el 2028, es decir, fue vetado de la elección inmediata.
En 2020 se realizaron diversas modificaciones al Código Electoral local y a la Ley Electoral nacional en materia de violencia política de género, en donde se estableció el integrar a un padrón a los organismos electorales de los funcionarios públicos que ejerzan este tipo de violencia.
La intención de este listado es imponer sanciones para evitar que contiendan en la elección inmediata a la falta realizada, además deberán acreditar haber tomado un curso en materia de paridad de género para tener derecho a ser votados nuevamente.

José Campos
@josecamp11